Ordenanza

Starter Section

Visto:
Las obras programadas por la Comisión del Barrio Parque Cumelén de arreglos de caminos internos y resolución de los desagües superficiales; y,

Considerando:
Que la Ordenanza Nº 3257 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a generar propuestas para la realización de obra de contribución de mejoras y mantenimiento de las mismas en aquellos barrios no alcanzados por la actual Ordenanza General Impositiva, más precisamente en la zona llamada de quintas, como es el caso del Parque Cumelén.
Que atento a ello, el Departamento Ejecutivo Municipal sanciona en fecha 15/05/2006 el Decreto Nº 80 referido a las obras a realizarse en el citado sector.
Que además, y tal como lo establece la citada Ordenanza, el Decreto antes mencionado fue ratificado por el Concejo Municipal de Venado Tuerto en fecha 5 de julio de 2006.
Que en la actualidad la Comisión esta realizando una extensión de la obra anteriormente autorizada, ejecutando también la pavimentación de las calles internas del Parque Cumelén.
Que los vecinos pertenecientes al Parque Cumelén han decidido realizar estas obras de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 2021 “Obra Pública por Gestión Privada”.
Que la Asociación Civil Pro Mejoras del Parque Cumelén ha sometido la obra a la opinión de los vecinos, lo que ha resultado aprobado por los mismos en porcentajes muy superiores a los exigidos por la Ordenanza de obras por contribución de mejoras que se encuentra en vigencia y cuyos resultados se adjuntan al expediente administrativo de referencia
Que conforme a la Ordenanza en su art. 15 2DE LA RATIFICACIÓN Y FUERZA LEGAL”, todas las actuaciones producidas, incluido el contrato de locación de obra, deberán ser sometidos a la ratificación de la Municipalidad de Venado Tuerto por medio de Ordenanza, la que declarará de interés público y otorgará fuerza legal al contralor municipal de las obras correspondientes y cobro de los créditos originados en las contribuciones de mejoras y todo derivado del presente programa.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente

ORDENANZA

Art.1.- Declárese la obra de mejorado, pavimento de calles internas y desagües superficiales del Parque Cumelén de nuestra ciudad de Utilidad Pública y Pago Obligatorio.

Art.2.- Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer con la Asociación Civil Pro Mejoras del Parque Cumelén un convenio de cesión de derechos para el cobro de la contribución de mejoras, el que será aprobado por Ordenanza Municipal.

Art.3.- Ordénese a la Secretaría de Obras Públicas y a la Secretaría de Hacienda para que realicen los trámites pertinentes para hacer efectiva la cobranza de estas obras a los vecinos que no hayan cumplido con los pagos a la Asociación Civil Pro Mejoras del Parque Cumelén.

Art.4.- Ordénese a la Secretaría de Obras Públicas el contralor de las obras de mejorado, pavimento de calles internas y desagües superficiales aprobadas por Ordenanza Nº 3393 y la presente reglamentación.

Art.5.- Deróguese la Ordenanza Nº 3958.

Art.6.- Comuníquese, publíquese, y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil once.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4220-I-05

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA