Ordenanza
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Visto:
La situación relativa al estacionamiento vehicular en nuestra ciudad; y,
Considerando:
Que resulta destacable considerar que vecinos del Barrio Centro II de nuestra ciudad y el Presidente de la vecinal del mismo han manifestado su inquietud en relación a la modalidad de estacionamiento de la Avenida Lisandro de la Torre, expresando la instancia para que se promueva la modalidad de estacionamiento en ambos sentidos.
Que la referida inquietud de nuestros vecinos es considerable si se tiene especialmente en cuenta el notorio incremento del parque automotor en nuestra ciudad, y la consiguiente dificultad que ello genera para obtener espacio donde estacionar.
Que cabe enfatizar que el tema de referencia ha sido tratado en la última reunión de la Junta Municipal de Tránsito, considerándose factible su implementación.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ordénese la implementación de estacionamiento en ambos sentidos a modo de prueba, sectorizado o en toda su extensión, sobre la Avenida Lisandro de la Torre.
Art.2.- Prohíbase el estacionamiento de camiones y colectivos sobre la artería referida en el art. 1 de la presente en la implementación del nuevo sentido de estacionamiento.
Art.3.- Será órgano de aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Tránsito dependiente de la Secretaría de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.
Art.4.- El órgano de aplicación al vencimiento del período de prueba que se determine por reglamentación dictaminará si ha resultado favorable la implementación de la modalidad establecida en el art. 1 de la presente. De no obtenerse los resultados deseados, se continuaría con la modalidad de estacionamiento actual. Para el caso afirmativo se adoptará la presente modalidad en forma definitiva.
Art.5.- Procédase por el órgano de aplicación a dar difusión de lo ordenado por la presente y dispóngase la cartelería correspondiente.
Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil once.
La situación relativa al estacionamiento vehicular en nuestra ciudad; y,
Considerando:
Que resulta destacable considerar que vecinos del Barrio Centro II de nuestra ciudad y el Presidente de la vecinal del mismo han manifestado su inquietud en relación a la modalidad de estacionamiento de la Avenida Lisandro de la Torre, expresando la instancia para que se promueva la modalidad de estacionamiento en ambos sentidos.
Que la referida inquietud de nuestros vecinos es considerable si se tiene especialmente en cuenta el notorio incremento del parque automotor en nuestra ciudad, y la consiguiente dificultad que ello genera para obtener espacio donde estacionar.
Que cabe enfatizar que el tema de referencia ha sido tratado en la última reunión de la Junta Municipal de Tránsito, considerándose factible su implementación.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ordénese la implementación de estacionamiento en ambos sentidos a modo de prueba, sectorizado o en toda su extensión, sobre la Avenida Lisandro de la Torre.
Art.2.- Prohíbase el estacionamiento de camiones y colectivos sobre la artería referida en el art. 1 de la presente en la implementación del nuevo sentido de estacionamiento.
Art.3.- Será órgano de aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Tránsito dependiente de la Secretaría de Gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.
Art.4.- El órgano de aplicación al vencimiento del período de prueba que se determine por reglamentación dictaminará si ha resultado favorable la implementación de la modalidad establecida en el art. 1 de la presente. De no obtenerse los resultados deseados, se continuaría con la modalidad de estacionamiento actual. Para el caso afirmativo se adoptará la presente modalidad en forma definitiva.
Art.5.- Procédase por el órgano de aplicación a dar difusión de lo ordenado por la presente y dispóngase la cartelería correspondiente.
Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO