Ordenanza

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Visto:
La existencia de un límite agronómico dado por Ordenanza Nº 3049 de tratamiento fitosanitario del año 2003 y que se encuentra en revisión; y,

Considerando:
Que este límite se encuentra en función de la población real y que no coincide con las delimitaciones de las zonas del Plan de Desarrollo Territorial.
Que es necesario compatibilizar ambas normas a los fines de no generar inseguridad en la aplicación de las mismas.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1.- Modificar el Anexo IV “Localización de usos por Zona” del Plan de Desarrollo Territorial en su apartado “Uso Rural” para los Ítems: Explotación Rural Intensiva, Explotación Rural extensiva y actividades rurales complementarias para las zonas Z13 y Z14 donde se expresa “Uso Prohibido (UPR)”, debe decir “Usos Condicionales (UCN)”.

Art.2.- Inclúyase al finalizar el cuadro la leyenda: Estarán prohibidos los usos de explotación rural dentro del límite agronómico determinado por la Ordenanza Nº 3049/03 y sus modificatorias.´

Art.3.- Comuníquese, publíquese, y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil once.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3967-I-03 Expediente 3946-I-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA