Ordenanza
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Visto:
El plan de alumbrado 2011 presentado por la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto y visado por el Concejo Municipal; y,
Considerando:
Que el Concejo Municipal aprobó las actuaciones administrativas del convenio de alumbrado público correspondiente al año 2010 mediante la Ordenanza Nº 3983 con fecha 29 de junio de 2011.
Que la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto presenta el Plan de Inversiones en alumbrado público a desarrollar en la ciudad con fecha 27 de junio de 2011.
Que luego de varias reuniones entre el Municipio, la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto y miembros del Concejo Deliberante, se acuerda el proyecto final de alumbrado público a desarrollarse en la ciudad de Venado Tuerto.
Que en el marco de dicho plan, planteado para el año 2011, la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios anexos de Venado Tuerto ejecutará el segundo módulo de ampliación de alumbrado público por la suma de Pesos Un millón trescientos treinta y ocho mil setecientos doce ($ 1.338.712,00).
Que el mismo consiste en cuatro obras específicas y un modulo de ampliación de luminarias, cuyo detalle es el siguiente:
• Alumbrado Público de la Avenida Chapuis en el tramo comprendido entre calle Piacenza y Lussenhoff, con un presupuesto de obras de $ 313.280 (pesos trescientos trece mil doscientos ochenta).
• Ampliación del Alumbrado en el Parque de la Niñez, con un presupuesto de obras de $ 8.150 (pesos ocho mil ciento cincuenta).
• Iluminación de la plaza Juan Pablo II, con un presupuesto de obras de $ 98.300 (pesos noventa y ocho mil trescientos).
• Planta de tratamiento de residuos Etapa 1, con un presupuesto de obras de $ 59.552 (pesos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y dos).
• Módulo de Ampliación y remodelación de alumbrado público barrial, que consiste en la instalación de 286 (doscientas ochenta y seis) columnas y luminarias nuevas de alumbrado público, en distintos sectores de la ciudad, con un presupuesto de obras de $ 859.430 (pesos, ochocientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta).
Que el total de la inversión de las obras especificas es de $ 479.282,00 (cuatrocientos setenta y nueve mil, doscientos ochenta y dos pesos).
Que el total de la ampliación y remodelación de alumbrado público barrial es de $ 859.430,00 (ochocientos cincuenta y nueve mil, cuatrocientos treinta pesos).
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Intendente Municipal a firmar un convenio de obras por el término de un año con la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto, en adelante la C.E.V.T., para la ejecución de obras de alumbrado público en la ciudad de Venado Tuerto en los términos del convenio que se adjunta como Anexo I.
Art.2.- Fíjese el 3,4% (tres coma cuatro por ciento) del consumo de energía eléctrica y cargo fijo a los usuarios de la C.E.V.T. como contribución para obras de alumbrado público, para las categorías de usuarios: Residencial, Empleados, Bomberos, Entidades Varias, Industrial, Comercial, Intermedia y Autoridades. Para la categoría Grandes Potencias el porcentaje será del 1% (uno por ciento) sobre el cargo fijo y el consumo con un tope máximo de $ 400 mensuales (cuatrocientos pesos). Esta contribución será cobrada en la factura de energía eléctrica y alumbrado público que emite la C.E.V.T.; todo ello deberá insertarse en el convenio a que se hace referencia en el Art. 1º de la presente.
Art.3.- Exceptúese de la contribución aprobada en el Art.3º las siguientes categorías de usuarios: a) Jubilados; b) Beneficiarios de tarifa social; c) Entidades de bien público. Las Tarifas del Parque Industrial tendrán un tratamiento particular.
Art.4.- Establézcase que en forma bimestral la C.E.V.T. deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación un detalle de lo efectivamente recaudado y su relación a los costos invertidos, lo cual servirá de base para una eventual reprogramación de las obras por parte del Departamento Ejecutivo Municipal. Lo recaudado en función de la Ordenanza Nº 3983 hasta la firma del convenio luego de descontado las acreencias especificadas en el art.2 de la misma serán asignados al cumplimiento del presente acuerdo.
Art.5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar la ejecución de alguna obra en especial sin perjuicio de las obras incluidas en lo convenido para el año, debiendo en este caso la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto presupuestar y ejecutar dicha obra previo convenio específico.
Art.6.- Determínese que en el convenio citado en el art.1 de la presente se establezca que de haberse cobrado al final del período un monto mayor al presupuestado, se compensará con obras a determinar por el Municipio, caso contrario el cobro se efectuará con igual método hasta saldar deuda.
Art.7.- Solicítese a la C.E.V.T. un proyecto de alumbrado público para nuestra ciudad por un plazo de 5 (cinco) años.
Art.8.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil once.
El plan de alumbrado 2011 presentado por la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto y visado por el Concejo Municipal; y,
Considerando:
Que el Concejo Municipal aprobó las actuaciones administrativas del convenio de alumbrado público correspondiente al año 2010 mediante la Ordenanza Nº 3983 con fecha 29 de junio de 2011.
Que la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto presenta el Plan de Inversiones en alumbrado público a desarrollar en la ciudad con fecha 27 de junio de 2011.
Que luego de varias reuniones entre el Municipio, la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto y miembros del Concejo Deliberante, se acuerda el proyecto final de alumbrado público a desarrollarse en la ciudad de Venado Tuerto.
Que en el marco de dicho plan, planteado para el año 2011, la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios anexos de Venado Tuerto ejecutará el segundo módulo de ampliación de alumbrado público por la suma de Pesos Un millón trescientos treinta y ocho mil setecientos doce ($ 1.338.712,00).
Que el mismo consiste en cuatro obras específicas y un modulo de ampliación de luminarias, cuyo detalle es el siguiente:
• Alumbrado Público de la Avenida Chapuis en el tramo comprendido entre calle Piacenza y Lussenhoff, con un presupuesto de obras de $ 313.280 (pesos trescientos trece mil doscientos ochenta).
• Ampliación del Alumbrado en el Parque de la Niñez, con un presupuesto de obras de $ 8.150 (pesos ocho mil ciento cincuenta).
• Iluminación de la plaza Juan Pablo II, con un presupuesto de obras de $ 98.300 (pesos noventa y ocho mil trescientos).
• Planta de tratamiento de residuos Etapa 1, con un presupuesto de obras de $ 59.552 (pesos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y dos).
• Módulo de Ampliación y remodelación de alumbrado público barrial, que consiste en la instalación de 286 (doscientas ochenta y seis) columnas y luminarias nuevas de alumbrado público, en distintos sectores de la ciudad, con un presupuesto de obras de $ 859.430 (pesos, ochocientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta).
Que el total de la inversión de las obras especificas es de $ 479.282,00 (cuatrocientos setenta y nueve mil, doscientos ochenta y dos pesos).
Que el total de la ampliación y remodelación de alumbrado público barrial es de $ 859.430,00 (ochocientos cincuenta y nueve mil, cuatrocientos treinta pesos).
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Intendente Municipal a firmar un convenio de obras por el término de un año con la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto, en adelante la C.E.V.T., para la ejecución de obras de alumbrado público en la ciudad de Venado Tuerto en los términos del convenio que se adjunta como Anexo I.
Art.2.- Fíjese el 3,4% (tres coma cuatro por ciento) del consumo de energía eléctrica y cargo fijo a los usuarios de la C.E.V.T. como contribución para obras de alumbrado público, para las categorías de usuarios: Residencial, Empleados, Bomberos, Entidades Varias, Industrial, Comercial, Intermedia y Autoridades. Para la categoría Grandes Potencias el porcentaje será del 1% (uno por ciento) sobre el cargo fijo y el consumo con un tope máximo de $ 400 mensuales (cuatrocientos pesos). Esta contribución será cobrada en la factura de energía eléctrica y alumbrado público que emite la C.E.V.T.; todo ello deberá insertarse en el convenio a que se hace referencia en el Art. 1º de la presente.
Art.3.- Exceptúese de la contribución aprobada en el Art.3º las siguientes categorías de usuarios: a) Jubilados; b) Beneficiarios de tarifa social; c) Entidades de bien público. Las Tarifas del Parque Industrial tendrán un tratamiento particular.
Art.4.- Establézcase que en forma bimestral la C.E.V.T. deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación un detalle de lo efectivamente recaudado y su relación a los costos invertidos, lo cual servirá de base para una eventual reprogramación de las obras por parte del Departamento Ejecutivo Municipal. Lo recaudado en función de la Ordenanza Nº 3983 hasta la firma del convenio luego de descontado las acreencias especificadas en el art.2 de la misma serán asignados al cumplimiento del presente acuerdo.
Art.5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar la ejecución de alguna obra en especial sin perjuicio de las obras incluidas en lo convenido para el año, debiendo en este caso la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto presupuestar y ejecutar dicha obra previo convenio específico.
Art.6.- Determínese que en el convenio citado en el art.1 de la presente se establezca que de haberse cobrado al final del período un monto mayor al presupuestado, se compensará con obras a determinar por el Municipio, caso contrario el cobro se efectuará con igual método hasta saldar deuda.
Art.7.- Solicítese a la C.E.V.T. un proyecto de alumbrado público para nuestra ciudad por un plazo de 5 (cinco) años.
Art.8.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3977-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO