Ordenanza
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Ordenanza Nº 4027/11 - Incrementa la bajada de bandera y valor de la ficha para taxis y remises
Visto:
El estudio de aumento de tarifas de los taxis y remises de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que el servicio de taxis está regulado por Ordenanza municipal como así también su tarifa.
Que desde este Cuerpo legislativo se sancionaron las Ordenanzas correspondientes para regular las tarifas de taxis y remises de nuestra ciudad, que a su vez son controladas por relojes taxímetros.
Que para la determinación de estos valores deben existir parámetros claros que tiendan a la mayor economía posible del usuario, contemplando que la ecuación económica del propietario del vehículo de alquiler le permita cumplir con su trabajo en forma adecuada.
Que en el mes de marzo del año 2011 se estableció el precio de la tarifa que regiría para taxis y que también lo sería en forma unificada para los remises que prestan servicio en nuestra ciudad bajo el número de Ordenanza Nº 3953/2011.
Que es necesaria la adecuación de la tarifa conforme a los costos del servicio.
Que por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Fíjese la tarifa de taxis y remises en Pesos Cuatro con Ochenta Centavos ($ 4,80) la bajada de bandera y Veintisiete Centavos de Peso ($ 0,27) la ficha cada cien (100) metros de recorrido, y una ficha cada cuarenta (40) segundos de espera.
Art. 2º.- Estos valores tendrán vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
Art. 3º.- Fíjese un plazo de treinta (30) días para que los propietarios de los taxis y remisses adecuen su reloj a la presente.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil once.
El estudio de aumento de tarifas de los taxis y remises de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que el servicio de taxis está regulado por Ordenanza municipal como así también su tarifa.
Que desde este Cuerpo legislativo se sancionaron las Ordenanzas correspondientes para regular las tarifas de taxis y remises de nuestra ciudad, que a su vez son controladas por relojes taxímetros.
Que para la determinación de estos valores deben existir parámetros claros que tiendan a la mayor economía posible del usuario, contemplando que la ecuación económica del propietario del vehículo de alquiler le permita cumplir con su trabajo en forma adecuada.
Que en el mes de marzo del año 2011 se estableció el precio de la tarifa que regiría para taxis y que también lo sería en forma unificada para los remises que prestan servicio en nuestra ciudad bajo el número de Ordenanza Nº 3953/2011.
Que es necesaria la adecuación de la tarifa conforme a los costos del servicio.
Que por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Fíjese la tarifa de taxis y remises en Pesos Cuatro con Ochenta Centavos ($ 4,80) la bajada de bandera y Veintisiete Centavos de Peso ($ 0,27) la ficha cada cien (100) metros de recorrido, y una ficha cada cuarenta (40) segundos de espera.
Art. 2º.- Estos valores tendrán vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
Art. 3º.- Fíjese un plazo de treinta (30) días para que los propietarios de los taxis y remisses adecuen su reloj a la presente.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 156-C-91
- Derogada: NO
- Vetada: NO