Ordenanza

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Visto:
La importancia que otorga el Departamento Ejecutivo a la posibilidad de brindar a toda la población la prestación de distintos servicios (gas, cloacas, agua potable, etc.); la ejecución parcial de algunas obras de tendido de redes de gas domiciliarias, y,

Considerando Que:
Toda obra pública que se realiza en la ciudad tiende a jerarquizarla como centro regional y favorece su crecimiento urbano. Asimismo, en la medida en que se brinden mejores condiciones de vida a la población, se estimulará y motivará a los ciudadanos para que realicen inversiones tendientes al crecimiento de la ciudad.
En particular, la provisión del servicio de gas en red por medio del tendido de la misma es una mejora muy importante para la calidad de vida de toda la población que resulta beneficiada con ella, por cuanto le ofrece mayores comodidades, a la vez que importa un ahorro significativo en el costo del servicio.
A su respecto, existen algunas obras de tendido de redes domiciliarias que actualmente tienen estado de ejecución parcial. Concretamente se trata de las correspondientes al barrio Villa Casey Etapa II, Proyecto P/VT/05/082, al barrio El Cruce, Proyecto P/VT/05/086, la remodelación de la estación reguladora sita en Cayetano Silva y Neuquén, Proyecto P/VT/06/209 y al barrio Santa Rosa, Proyecto P/VT/05/239, realizadas por medio de las Licitaciones Públicas Nº 004/2008, 001/2009 y el Concurso de Precios Nº 002/2006, las que, por otra parte, ya han sido declaradas de interés público y pago obligatorio.
Dado el tiempo transcurrido desde su iniciación, es imprescindible completar los tramos aún pendientes de ejecución antes de la próxima temporada invernal.
No obstante, los valores de referencia establecidos para la determinación del costo de dichas obras han quedado desfasados por efectos de la inflación, y en consecuencia, necesitan una actualización.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1.- Establézcanse como precios de referencia para el cobro de las obras de tendido de red de gas domiciliaria de ejecución parcial en Bº Va. Casey Etapa II, Proyecto P/VT/05/082, Bº El Cruce, Proyecto P/VT/05/086, remodelación de la Estación Reguladora sita en Cayetano Silva y Neuquén, Proyecto P/VT/06/209 y Bº Santa Rosa, Proyecto P/VT/05/239, a los que surjan del promedio de los Índices de Precios de la Construcción publicados por el INDEC, el IPEC y por la CAC (Cámara Argentina de la Construcción) para obras de similares características en el periodo comprendido entre Dic/08 y Jul/11, resultando los mismos los siguientes:

CAÑERÍAS dic-08 jul-11
Diámetro 50 mm 77,100 $ 117,532
Diámetro 63 mm. 90,600 $ 138,112
Diámetro 90 mm. 85,885 $ 130,924
Diámetro 125 mm. 135,455 $ 206,489
Diámetro 180 mm. 272,680 $ 415,676

Art.2.- Estos valores regirán para la obra realizada en forma posterior a la promulgación de la presente.

Art.3.- En el supuesto de que las empresas que oportunamente resultaron adjudicatarias para la ejecución de las obras de marras desistieren de las mismas, autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar con empresas locales o regionales las obras en cuestión por un precio tope igual o menor al establecido en el art. 1.

Art.4.- Dispóngase que los gastos que demande la implementación de esta Ordenanza serán imputados a la cuenta Nº 1746/8 (Red de Gas) y el importe recaudado por dicha contribución de mejoras será depositado en la cuenta 789/7 (Percibido Red de Gas), el cual se utilizará para financiar obras futuras en otros sectores de la ciudad (Barrios Norte, Iturbide, Tiro Federal y Ciudad Nueva)

Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil once.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3853-C-02

  • Derogada: SI

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA