Ordenanza
Visto:
La Ordenanza Nº 3866 que regula las actividades comerciales genéricamente denominadas “de diversión”, conocida como “ordenanza de la noche”; la situación advertida respecto de algunos comercios que expenden bebidas alcohólicas; y
Considerando:
Que la normativa citada pretendió regular todas las situaciones vinculadas con el esparcimiento y la recreación nocturna, en particular horarios, localización respecto de establecimientos sanatoriales, educativos, etc., condiciones acústicas, para el expendio de alcohol, entre otras no menos importantes, formulando su extenso articulado una detallada clasificación de los distintos.
Que no obstante, se ha advertido que ha quedado excluido de su ámbito de aplicación otro tipo de comercios, tales como los kioscos, muchos de los cuales, como es de público conocimiento, explotan el rubro de venta de bebidas alcohólicas y energizantes, ya fuere para su consumo en las inmediaciones de los mismos, o bien en la típica modalidad de el traslado de la mercadería por el adquirente.
Que hasta la sanción de la Ordenanza Nº 3866, estos comercios estaban comprendidos en los alcances de la Ordenanza Nº 2735, la cual, por imperio de las disposiciones de su artículo 5, ha quedado sin efectos jurídicos.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Prohíbase la venta de bebidas alcohólicas al público en general desde la hora 00,00 hasta la hora 08,00 a todo comercio de la ciudad que no se encuentre comprendido en la normativa de la Ordenanza Nº 3866/2010.
Art.2.- La falta de cumplimiento de lo establecido en esta disposición será sancionada con una multa de 500 a 1000 U.F.; en caso de verificarse una segunda infracción, la multa aplicable será de 800 a 2000 U.F., sin perjuicio de las penas previstas en el Código Municipal de Faltas.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 2422-I-97
- Derogada: NO
- Vetada: NO