Ordenanza
Ordenanza Nº 4067/11 - Crea el Programa Municipal de Género y Familia
Visto:
La promulgación de la Ley Provincial 11.529 “DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR” y la Nacional Nº 26.485 “DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES”, es necesario establecer pautas, incumbencias profesionales ya que es el Estado quien debe asumir la responsabilidad en cuanto a garantizar la equidad de género desde las políticas públicas; y
Considerando:
Que uno de los mayores desafíos que enfrenta el siglo XXI es el fortalecimiento de sociedades democráticas basadas en el respeto a los derechos humanos, el trabajo por el conocimiento, la difusión y defensa de la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, por lo que resulta prioritario tratar esta temática como política de Estado.
Que la formación, el fortalecimiento, la participación y la organización de ciudadano/as en éste sentido son la garantía del cumplimiento de los derechos básicos de todas y todos y que las acciones deben estar orientadas a asegurar el bienestar de mujeres y hombres y el desarrollo sustentable, comprender y mejorar las desigualdades y las brechas de género en el marco de los proceso de desarrollo nacional y regional poniendo énfasis en los temas de ejercicio de los derechos, recursos, acceso, utilización de los servicios, oportunidades y beneficios del desarrollo.
Que entonces hablar de género, de relaciones de género y metas de equidad e igualdad de género es parte fundamental en este desafío.
Que se constituye UN PROGRAMA MUNICIPAL SOBRE GENERO Y FAMILIA integrada por profesionales de la Sub.-Secretaría de Acción Social y de Salud (trabajadores sociales, psicólogos, abogados, médicos, enfermeros) y por ONG que trabajan relacionadas con la mujer y la familia, con el fin de aunar esfuerzos y elaborar un protocolo de actuación conjunta que ofrezca una atención integral y ágil evitando la duplicidad de trámites y actuaciones en la que se establezcan líneas básicas de prevención e intervención.
Que la violencia como tantas otras problemáticas sociales no debe abarcarse sólo desde la individualidad o la privacidad, ya que es allí donde se reproducen las relaciones de poder desequilibradas e invisibilizadas.
Que Género es una categoría para explicar la construcción de entidades sociales que atribuyen diferentes características a cada sexo. El sistema de género social, se refiere a los procesos y mecanismos que regulan y organizan la sociedad de modo que mujeres y hombres sean, actúen y se consideren diferentes, es ésta la que enseña a sus miembros a comportarse como hombres o como mujeres, estos comportamientos cambian de acuerdo con la época y lugar donde se desarrollan. La noción de género surge a partir de la idea de que “lo femenino y lo masculino” no son hechos naturales o biológicos sino construcciones culturales.
Que con este criterio la equidad de género implica:
- Eliminación de las diferencias innecesarias, injustas y evitables
- Distribución y acceso a los recursos según las necesidades particulares de cada sexo
- Distribución social justa de las responsabilidades, derechos para mujeres y hombres.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de la Ciudad de Venado, Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Créese el Programa Municipal de Género y Familia dentro de la Dirección de Acción Social dependiente de la Secretaría de Promoción Comunitaria.
Art.2º.- Dispóngase que el Programa Municipal de Género y Familia tendrá los siguientes objetivos:
- Posibilitar y coordinar los recursos de las instituciones públicas y privadas, como casa de recepción, centros de urgencia y de atención a la mujer, servicios sociales municipales, potenciando los existentes y creando nuevos de acuerdo a necesidades reales detectadas.
- Promover actitudes educativas desde el entorno escolar y comunitario, mediante la organización de jornadas, charlas y otro tipo de acciones de divulgación.
- Atender y proteger a la mujer víctima de malos tratos, abusos y agresiones, mediante causes de coordinación entre las distintas instituciones, para que esta sufra las menores molestias posibles y tenga información comprensiva y útil en los tramites de denuncia, reconocimientos médicos, sintiéndose apoyada en su toma de decisiones.
- Crear una red permanente contra la violencia familiar involucrando a todas las Instituciones dedicadas a la temática.
Art.3º.- Estipúlese que el Programa comprenderá dos etapas:
Primera etapa:
Prevención y promoción: lo cual se llevará a cabo mediante charlas, talleres, debates, campañas de información recordando básicamente la existencia y realizaciones de talleres municipales en los distintos barrios de la ciudad por equipos interdisciplinarios.
Atención y asistencia: se atiende de manera inmediata ofreciéndoles apoyo emocional, atención e información de los recursos.
La valoración que se realice de cada situación personal y con la decisión libre y personal de cada mujer, condicionara la aplicación de los recursos y servicios más adecuados para proponer su actuación.
Establecer un circuito a respetar ante la denuncia y/o demanda permitirá registrar cada actuación, para evaluar, analizar, coordinar y planificar estrategias impidiendo la superposición de actuaciones ya que muchas veces los usuarios abandonan la búsqueda de solución por la demora burocrática y la desarticulación entre los servicios existentes.
Capacitación en género: lo cual permite trabajar la realidad cotidiana, se implementará de acuerdo a las necesidades de capacitación que tenga el personal en cada CAPS (Centro de Atención Primaria de Salud) y en Instituciones relacionadas con la problemática.
Implementar el desarrollo de actitudes responsables y concientes en torno a la sexualidad y capacidad de procreación, y al cuidado y valoración del propio cuerpo reconociendo sus derechos sexuales y reproductivos
Segunda Etapa: previa elaboración de protocolo de funcionamiento:
Creación de refugio: Es imprescindible capacitar y formar profesionales y no profesionales que cumplirán funciones en el refugio centralizando su atención a las víctimas que se encuentren alojadas en el refugio en forma temporal con el fin de brindarles protección y apoyo integral.
Art.4º.- Considérense como criterios para la implementación de los programas la articulación de actividades con instituciones y ONG Esto implica la creación de espacios de discusión, de propuestas e iniciativas. También se considera la coordinación con distintos ámbitos dentro del municipio.
Art.5º.- Prográmese para la primera etapa los siguientes proyectos.
Art.6º.- Establézcase el Protocolo de Atención que en Anexo I se acompaña a la presente Ordenanza formando parte integrante de la misma, formulado desde las áreas pertinentes que se irá enriqueciendo a través de las intervenciones y prácticas profesionales.
Art.7º.- Crease la Partida Presupuestaria denominada “Programa Género y Familia”.
Art.8º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil once.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4016-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO