Ordenanza

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Visto:

La petición formulada por los señores Esteban Striglio y Rogelio Gabalda (expediente administrativo Nº 160.963-S-11) relativa a la desafectación de la traza de calle Agüero entre Belgrano y Estrugamou, a los fines de gozar del dominio pleno de su derecho de propiedad, y,


Considerando Que:

La Ordenanza 318/58 establece el trazado de la calle Agüero, el que en el tramo entre Belgrano y Estrugamou afecta a dos lotes privados, partidas municipales Nº 5617 y 5747.

Sobre el primero de ellos se ha construido una vivienda de 234,61 m2, edificada precisamente sobre la porción de lote afectada por la Ordenanza citada, la que fue autorizada y aprobada oportunamente en el año 1985 (Recibo Nº 2986). De aplicarse la normativa hoy vigente, debería ser demolida, con la consecuente satisfacción a su propietario, por parte del Estado Municipal, por los perjuicios que se esta situación se le derivaren.

Con relación al segundo, se ha proyectado una construcción de vivienda unifamiliar, local comercial y departamentos, que se encuentra paralizado a la espera de una definición sobre el planteo efectuado.

A su vez, los vecinos de la cuadra en cuestión han solicitado la pavimentación de la misma, habiéndose conformado el correspondiente Registro de Aceptación conforme con las disposiciones que hoy rigen. Dada la situación fáctica -y teniendo en consideración que la calle Agüero ya cuenta con irregularidades en su traza-, se ha planteado el ancho de ese tramo de calle en 6,40 ms.

En virtud de que es el Concejo Municipal quien tiene facultad para fijar el ancho oficial de las calles de la ciudad, se dispone la presente norma dispositiva al efecto.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1.- Dispónese la desafectación de las fracciones de terreno ubicadas en la Quinta 28, Manzana Catastral 244, que conforme las disposiciones de la Ordenanza 318/1958, art. 5, inc. a) corresponden al trazado de calle Agüero entre Belgrano y Estrugamou.

 

Art.2.- Establézcase en 6,40 ms. (seis metros con cuarenta centímetros) el ancho oficial de calle Agüero en el tramo Belgrano/Estrugamou.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

 

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA