Ordenanza

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Visto:

La importancia de llevar adelante medidas que garanticen un mejor uso de los espacios públicos, y;

 

Considerando:

Que la plaza San Martín es tradicionalmente el espacio público más concurrido de nuestra ciudad. De manera particular los fines de semana, gran cantidad de jóvenes se valen de la misma como lugar de encuentro y esparcimiento.

Que el buen uso de los espacios públicos genera fuertes vínculos de pertenencia con la ciudad, y es muy positivo que la juventud se apropie sanamente de los mismos.

Que más allá de que en estos espacios se generan vínculos de socialización particulares y espontáneos propios de la edad, estos no pueden estar por fuera de las normas básicas de convivencia.

Que resulta particularmente preocupante ver la gran cantidad de motocicletas que circulan a gran velocidad y en condiciones de infracción por los carriles internos de la mencionada plaza.

Que se ha vuelto frecuente observar personas que se valen de los espacios destinados al estacionamiento de vehículos como lugar de reunión.

Que lo referido en el párrafo anterior, sumado al importante número de ciclomotores -y en ciertos casos automóviles- que circulan internamente, representa un gran peligro para la integridad física de quienes allí se encuentran.

Que el conjunto de lo descrito ocasiona grandes molestias a vecinos y transeúntes, principalmente debido a los ruidos producidos por los altos niveles en los que se escucha música en los vehículos estacionados y a la incesante circulación de motocicletas, varias de ellas con escapes antirreglamentarios.

Que si se lleva adelante esta medida, los carriles internos de circulación quedarán disponibles para quienes deseen realizar caminatas, andar en bicicleta y “rollers” entre otras.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

O R D E N A N Z A

 

Art.1.- Prohíbase la circulación vehicular de automóviles, motocicletas y ciclomotores en los carriles de circulación internos de la Plaza San Martín los días sábados, domingos y días festivos en el lapso de tiempo comprendido entre el primer fin de semana del mes de noviembre hasta el último fin de semana del mes de marzo.

 

Art.2.- Prohíbase la circulación vehicular de automóviles, motocicletas y ciclomotores en los carriles de circulación internos de la Plaza San Martín los días domingos en el lapso de tiempo comprendido entre el primer fin de semana de abril y el último fin de semana de octubre.

 

Art.3.- Llévense adelante medidas orientadas a fomentar el uso de los carrilles internos para actividades de esparcimiento.

 

Art.4.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá por vía reglamentaria todo lo conducente a los fines de la aplicación de las normas previstas en la presente Ordenanza.

 

Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA