Ordenanza

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Visto:

 

El incremento considerable de los hechos delictivos en los últimos meses en nuestra ciudad, situación que resulta de público y notorio conocimiento; los reclamos de los vecinos, que demandan de las autoridades acciones concretas para combatir esta creciente problemática, y

Considerando:

Que las propias autoridades del Gobierno de la Provincia han admitido en diversas ocasiones tal estado de hechos, así como la falta de eficacia de las políticas públicas preventivas, las que, atento el mandato expreso de nuestra Constitución provincial, son de responsabilidad, a partir de su Preámbulo, que reza: “….asegurar los derechos fundamentales del hombre, mantener la paz interna; afianzar la justicia…. Garantir en todo el tiempo los beneficios de la libertad de todos los habitantes de la provincia….”.

Que es de carácter urgente e impostergable la necesidad de implementación de un plan de seguridad real y concreta por parte del gobierno provincial.

Que particularmente se viene apreciando un aumento innegable de los delitos contra la propiedad, esto es, los hurtos y robos a casas, departamentos y/o edificios escolares o pertenecientes a ONG, y de los ya conocidos arrebatos en la vía pública.

Que más preocupante aún, hecho que merece consideración especial, es el incremento de la venta y consumo de drogas, -generalmente bajo la modalidad de “delivery”, esto es, “servicio a domicilio”-  como una de las nuevas características de comercialización. Como dato llamativo, debe destacarse que la División Drogas Peligrosas de la Policía Provincial sólo cuenta con un móvil y seis agentes para todo el Departamento General López.

Que además, es un dato de la realidad que, en un gran porcentaje, las actividades delictuales se suceden en el espacio público, como plazas, espacios verdes, paradas de colectivos, entre otros.

Que esta afirmación no se condice con las estadísticas oficiales. Es obvio que, dada situación, la gente se resiste a efectuar la denuncia de muchos hechos, revelando una falta de confianza creciente en la autoridad policial.

Que por otra parte, no debe dejar de hacerse notar que el delito ya no distingue localizaciones; son sus víctimas tanto sectores céntricos como periféricos, -siendo también sujetos de padecimientos los sectores de la población con mayores postergaciones socioeconómicas. El delito impacta en todos los estamentos sociales de la comunidad.

Que por lo expuesto, resulta imperativo el rediseño e implementación de políticas públicas que pongan el acento en la PREVENCIÓN de las variopintas situaciones de inseguridad que se suceden en la ciudad, a fin de que ello no se torne irreversible.

Que las causas de la inseguridad son diversas y complejas, y requieren de un abordaje interdisciplinario.

Que en su afán de colaborar con la autoridad provincial, y como demostración de que el tema ha sido incorporado a la agenda pública local, recientemente ha sido creada un área específica, la Dirección General de Protección Ciudadana, en el pleno convencimiento de que el objetivo final sólo se logrará con el denodado, cotidiano y mancomunado esfuerzo de todos y cada uno de los actores sociales, cada uno en la función que constitucionalmente le ha sido asignada.

Que durante estos últimos meses se han sucedido reuniones entre representantes de distintos estamentos del Gobierno Provincial, local, comunales y entidades intermedias de Venado Tuerto (Comisiones Vecinales, Centro Comercial e Industrial, entre otros), en relación a la temática de la seguridad de los ciudadanos y sus posibles ejes de solución, las cuales, al día de la fecha, no han dado resultados satisfactorios esperados.

Que resulta indispensable poner al servicio de los vecinos la mayor cantidad de herramientas posibles en pos de dar solución concreta al fenómeno de la inseguridad, como respuesta a la demanda social y en pos de garantizar el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos.

Que por ello se al Gobierno de la Provincia de Santa Fe la petición de  declaración de la Emergencia en Materia de Seguridad Pública en el ámbito de la ciudad de Venado Tuerto, con el puntual objetivo de que ese Gobierno, en articulación con otras entidades públicas, (vg. Municipio), y de la sociedad civil, ponga en marcha un plan urgente de prevención y combate del delito en sus diversas modalidades, utilizando para ello todo su caudal de recursos humanos, legales, tecnológicos y financieros.

Que es un hecho público la reunión de vecinos que se autoconvocaron, unidos por un interés común en la ciudad, en demanda de mayor seguridad. Hecho que repitieron, por medio de un petitorio escrito, por ante ese Concejo Municipal.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente.

 

ORDENANZA

Art. 1º.       Requiérase al Gobierno de la Provincia de Santa Fe la declaración de Emergencia en Materia de Seguridad Pública en el ámbito de la ciudad de Venado Tuerto durante un período de 90 (noventa), días, prorrogable por igual período.

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Art. 2º.       Requiérase al Gobierno de la provincia de Santa Fe, que por medio del Ministerio de Seguridad y/o la repartición que corresponda, proceda en la ciudad de Venado Tuerto a:

a) incrementar el número de móviles, (automotores y motocicletas), y recursos humanos y tecnológicos;

b) acrecentar el grado de prevención, mediante el aumento proporcional del número total de cuadrículas de patrullaje, a efectos de que cada móvil policial pueda intensificar su presencia e intervención en los distintos barrios;

c) acelerar los trámites administrativos en pos de la inmediata puesta en marcha de la construcción de los dos nuevos destacamentos policiales planificados oportunamente;

d) implementar en forma definitiva el servicio de emergencias 911, a fin de facilitar la denuncia del vecino, y elaborar un mapa del delito, a efectos de concentrar la mayor cantidad de efectivos y móviles en las zonas que registren mayores índices de actos de violencia;

e) disponer que oficiales y suboficiales que realizan trámites administrativos en las comisarías sean desafectados progresivamente de las mismas, para ser cubiertas con la ayuda de personal administrativo, y se destine el personal policial activo a la prevención y el patrullaje en las calles;

f) coordinar, por medio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia, Dirección Provincial de Control y Asistencia pos penitenciaria, (ex Patronato de Liberados), y de las autoridades del Servicio Penitenciario, el sistema de control, inserción social y laboral y asistencia de las personas egresadas del sistema penitenciario, a fin de evitar reincidencias y comisión de nuevos delitos;

g) implementar, en forma conjunta con los Ministerios de Desarrollo Social y Educación, políticas activas destinadas a la inclusión de los sectores más necesitados de la sociedad, mediante programas específicos;

h) aumentar en forma inmediata la dotación de móviles y personal capacitado para atacar la problemática específica de la comercialización y distribución de drogas en el departamento General López;

i) en general, disponer de recursos humanos, legales, financieros y tecnológicos  en pos de profundizar las tareas de prevención del delito y la violencia, así como la intervención de las instituciones dirigidas a preservar la seguridad de la población, en el marco del Estado de Derecho.

 

Art. 3º.       Requiérase al Ministerio de Seguridad de la provincia la inmediata reglamentación e implementación del sistema de la Ley Nº 13.164 -regulatoria del uso de las videocámaras de seguridad en toda la provincia- y la disposición de las partidas presupuestarias correspondientes, a los fines de proveer de equipamiento tecnológico y capacitación del recurso humano a ser afectado a la tarea en la ciudad de Venado Tuerto.

 

Art. 4º.       Requiérase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe la pronta reglamentación e implementación de la Ley Nº 13.222 que crea el registro provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas, constituido sobre la base de huella genética obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico, ADN.

 

Art. 5º.       Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos de la Nación, tendientes a la optimización de las políticas públicas permanentes de prevención del delito en la ciudad de Venado Tuerto, profundizando la articulación de todos los estamentos y reparticiones encargados de la seguridad pública y comunitaria entre sí y con otras organizaciones públicas y de la sociedad civil.

 

Art. 6º.       Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a coordinar con Gendarmería Nacional acciones tendientes a facilitar la conversión del Destacamento enclavado en Venado Tuerto en Escuadrón, con la inclusión de la División Investigaciones.

 

Art. 7º.       Reinicie las gestiones oportunamente realizadas para la definitiva constitución y puesta en marcha del Juzgado Federal en Venda Tuerto.

 

Art. 8º.       Requiérase al señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe y a los señores Legisladores provinciales, la inmediata modificación del artículo 329 del Código Procesal Penal vigente en los términos y alcances de la Resolución Nº 4175-2012 que fuera aprobada por este Concejo Municipal de Venado Tuerto.

Art. 9º.       Comuníquese, publíquese, y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los once días del mes de abril del año dos mil doce.-        

 

 

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 2527-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA