Ordenanza
Visto:
La Ordenanza Nº 4035 sancionada por este Concejo Municipal, por medio de la cual se ratificara un convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación con el fin de potenciar la producción cárnica, y;
Considerando Que:
En el texto normativo citado, art. 2, fue autorizada la afectación de los ANR (Aportes No Reintegrables) obtenidos en el Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes de ese Ministerio para la construcción y puesta en marcha de una planta de faena y desposte para pequeños animales (Frigorífico Tipo C), en el marco del Programa Municipal de Fortalecimiento de la Cadena Cárnica de Pequeños Animales, destinado a fortificar a los pequeños productores de cerdos y corderos de la región Venado Tuerto y a la generación de capacidad instalada para la industrialización de sus productos.
En el art. 3 de la referida Ordenanza se autorizó al Departamento Ejecutivo a elaborar un convenio con la Cooperativa A.Pro.Cer de nuestra zona, más precisamente de la vecina localidad de Santa Isabel, para proyectar la construcción, uso y explotación del frigorífico para pequeños animales.
Habida cuenta de que la suma percibida por parte de la Nación -que asciende al monto de $ 1.300.000,00- resulta insuficiente para la ejecución de toda la obra para su puesta en funcionamiento, se ha planteado por parte de los interesados la posibilidad de permutar un camión de su propiedad -cuya posesión se encuentra en poder del Municipio- por el terreno en el que se construiría el frigorífico. Así, ellos podrían contar con el financiamiento bancario necesario para afrontar el costo total de la obra, teniendo en consideración el subsidio recibido. En tal entendimiento, se ha suscripto entre ambas partes un “Convenio de Permuta”, cuyo texto se adjunta, para su ratificación por parte de ese Cuerpo Deliberante.
Asimismo, se ha ideado la creación de una “Unidad Ejecutora” integrada por representantes de este Departamento Ejecutivo, del Concejo Municipal y de la beneficiaria A.Pro.Cer. encargada del manejo de los fondos, habida cuenta de que éstos han sido depositados a nombre del Municipio, quien deberá rendir las cuentas pertinentes por ante su otorgante, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Por otra parte, los productores, que van a resultar notoriamente beneficiados, se han comprometido a hacer aportes en especie de su producción, los que serán destinados a entidades de bien público para su consumo.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ratifíquese el convenio de permuta suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Cooperativa Agropecuaria A.Pro.Cer. Limitada en fecha 14/03/2012, cuyo texto se adjunta, y que en carácter de Anexo pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
Art.2.- A los efectos del seguimiento y control de los recursos provenientes del subsidio otorgado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación para la construcción y puesta en funcionamiento de una planta de faena y desposte de pequeños animales (Frigorífico tipo C) en Venado Tuerto, créase una comisión especial que se denominará Unidad Ejecutora (U.E.) con sede en la misma ciudad.
Art.3.- La Unidad Ejecutora estará integrada por 5 (cinco) miembros, a saber: 1 (uno) designado por el Departamento Ejecutivo Municipal, 2 (dos) Concejales, de los cuales 1 (uno) será perteneciente a un partido diferente al de gobierno, y 2 (dos) designados por A.Pro.Cer..
Art.4.- La Unidad Ejecutora tendrá como funciones:
- aprobar las distintas fases del proyecto de construcción y puesta en marcha de la planta que le serán presentadas por A.Pro.Cer., que abarcará íntegramente todas las etapas concernientes a la construcción y equipamiento, recurriendo para ello a técnicos internos y externos que garanticen idoneidad;
- desarrollar actividades que se consideren necesarias para la implementación del proyecto, analizando su viabilidad y sustentabilidad;
- elaborar informes de avances parciales y finales;
- en función de las distintas etapas del proyecto que resultare aprobado, solicitará a la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Venado Tuerto el otorgamiento de los fondos necesarios a su cumplimiento;
- aprobar las rendiciones de cuenta parciales, que deberán ser presentadas por A.Pro.Cer. a la Unidad Ejecutora -la que requerirá la conformidad relativa a su regularidad por parte de la Dirección de Contaduría de la Municipalidad- en forma trimestral, o en el período que para cada fase o etapa se estableciere expresamente, de acuerdo con decisión mayoritaria;
- participar del asesoramiento en todo el proceso de ejecución en las tareas que se le requieran;
- verificar el cumplimiento de la donación de carne de cerdo que se establece en el art. 7 de esta Ordenanza por parte de A.Pro.Cer, así como la designación de las entidades de bien público beneficiarias de la misma;
- presentar las cuentas finales de su actuación por ante el Concejo Municipal, y parciales en el supuesto de que por mayoría así se solicite.
Art.5.- La Unidad Ejecutora deberá constituirse en el término de 30 (treinta) días hábiles a contar desde la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza, dictándose su propio reglamento de funcionamiento si lo considerare necesario, no pudiendo exceder en sus funciones el término de 2 (dos años). En caso de que transcurriere este plazo y no se hubiese culminado la ejecución de la planta, deberá poner en conocimiento de la situación al Departamento Ejecutivo y al Concejo Municipal, quienes previa evaluación de las causas podrán conceder prórroga o solicitar la designación de otros integrantes, si así lo estimaren conjuntamente.
Art.6.- Una vez finalizadas todas las etapas de ejecución del frigorífico, o cuando se hubieren consumido todos los fondos provenientes del subsidio referido en el artículo primero, cesará la actuación de la Unidad Ejecutora, que deberá presentar, para su aprobación, un resumen final de todas las actuaciones.
Art.7.- En concepto de compensación por la suma percibida, A.Pro.Cer donará a la Municipalidad, en forma mensual, 200 kg. (doscientos kilogramos) de carne de cerdo de su producción, que aquélla destinará al consumo de entidades de bien público, hasta alcanzar un valor total equivalente, en moneda nacional, a la suma de $ 1.300.000, actualizada tomando como referencia el precio de mercado vigente. Durante la vigencia de la Unidad Ejecutora, ésta controlará su fiel cumplimiento; una vez concluida su labor, el contralor lo ejercerá el Departamento Ejecutivo, quien designará a las beneficiarias.
Art.8.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los once días del mes de abril del año dos mil doce.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 4114-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO