Ordenanza

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Visto:

El Programa Municipal de Inversiones (PROMUDI), dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, mediante el cual se otorgan préstamos a Municipalidades y Comunas en el marco de la operatoria de financiamiento a municipios con recursos provenientes de aportes provinciales y del Fondo Municipal de Inversiones, creado por Leyes Provinciales Nº 10264/88 y 11.301/95, Préstamos BIRF Nº 2920-AR, BIRF 3860-AR y BID 830/CO 932/SF-AR e implementado por los Decretos Provinciales Nº 1247/99, 391/00, 1621/04 y 1931/08, y

 

Considerando Que:

Por las Leyes Nº 10.264, 11.301 y 11.913 se han ejecutado en la provincia de Santa Fe los Programas de Financiamiento a Municipios identificados como "P.D.M.- Préstamo BIRF 2920-AR", "P.D.M.II - Préstamo BIRF 3860-AR" y  PRODISM "Préstamo BID 830/OC-932/SF-AR".

Por Decreto Provincial N° 1931/08, el Gobierno de la Provincia implementó el "Fondo Municipal de Inversiones - Operatoria en Pesos", para el financiamiento de proyectos de similares características a los ya ejecutados en el marco de los citados programas con financiamiento externo.

En dicho contexto, ha surgido la posibilidad de adquirir equipamiento destinado al aseo urbano de nuestra ciudad; concretamente, un chasis camión y un equipo recolector compactador de residuos.

Las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo Marco Provincia - Municipio, que forma parte del citado decreto, resultan muy beneficiosas para los intereses del  Municipio.

Previamente a la suscripción del convenio, es necesario que tanto el proyecto físico objeto de aquél como la previsión del recupero del monto de la inversión sean aprobados por medio de una ordenanza.

Como forma de pago y garantía de las obligaciones financieras que asuma la Municipalidad mediante el Convenio de Préstamo, se deben afectar los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente correspondieren a este Municipio, como así también autorizar la retención de los mismos sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, en forma automática por Tesorería y Contaduría General de la Provincia y el Agente Financiero Provincial.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Apruébese el Modelo de Convenio de Préstamo Marco, que se anexa a la presente, el que se considera parte integrante de esta Ordenanza.

 

Art.2.- Autorícese al señor Intendente Municipal a suscribir un Convenio de Préstamo con el gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme los términos establecidos en el modelo aprobado en el artículo anterior, por un monto estimativo de proyecto de $ 594.000 (pesos quinientos noventa y cuatro mil) estimado al mes de mayo de 2012, siendo el monto definitivo de endeudamiento el que resultare del proceso de contratación.

 

Art.3.- Apruébese el Proyecto denominado Adquisición de Equipos de Aseo Urbano.

 

Art.4.- Ejecútese dicho proyecto de conformidad a las condiciones que establece el “Fondo Municipal de Inversiones - Operatoria en Pesos”.

 

Art.5.- Autorícese al señor Intendente Municipal para que mediante el dictado de resoluciones ejecute el proyecto identificado en la cláusula tercera de la presente ordenanza en el marco del Programa Municipal de Inversiones, dictando asimismo los instrumentos legales necesarios que permitan implementar el recupero del monto de la inversión del mencionado proyecto.

 

Art.6.- Autorícese la afectación de los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondieren a la Municipalidad de Venado Tuerto como garantía de los compromisos financieros que asuma mediante el Convenio de Préstamo que suscriba el Intendente Municipal.

 

Art.7.- Autorícese a la Contaduría y Tesorería de la Provincia de Santa Fe y al Agente Financiero Provincial a retener, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna y en forma automática, los montos de los servicios de la deuda. Esta autorización se extiende para los casos de aplicación de interés por mora y comisión de compromiso.

 

Art.8.- Comuníquese la presente a la Dirección del Programa Municipal de Inversiones (PROMUDI).

 

Art.9.-Comuníquese, publíquese y archívese

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de junio del año dos mil doce.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 4087-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA