Ordenanza

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Visto:

La necesidad de apoyo a la labor que viene desarrollando de nuestra ciudad el Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte”; y,

 

Considerando:

Que el Comedor Mimarte, fundado en el año 2002, venía llevando a cabo en el barrio Iturbide de nuestra ciudad un trabajo social basado fundamentalmente en un servicio de merendero y comedor destinado a garantizar el acceso a una mejor alimentación de niños en situación de riesgo social, llevando adelante un modelo que estimule el desarrollo de sus capacidades, mejorando el crecimiento e intentando transformar su entorno, favoreciendo los vínculos con las familias y la sociedad.

Que a partir de agosto de 2013, un grupo de ciudadanos se acercó a colaborar activamente para mejorar las condiciones adversas existentes en las que se encontraba el Comedor Mimarte. Bajo su impulso se relanzó el espacio, esta vez como Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte”, teniendo entre sus objetivos mantener y profundizar el trabajo social que ya venían llevando a cabo varias familias humildes durante todos los años de su existencia.

Que actualmente, el Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte” se encuentra gestionando su Personería Jurídica como institución sin fines de lucro, cuenta con asociados y una Comisión Directiva. Desde noviembre de 2013 desarrollan sus actividades en calle Santiago Brett Nº 491, lugar alquilado al que recientemente se han mudado y acondicionado para llevar a cabo sus objetivos con mayor comodidad.

Que la Comisión Directiva ha comenzado a gestionar, a través de la Comunicación Nº 4894/13 de este Cuerpo Legislativo, la cesión de un terreno fiscal en comodato para la construcción de su propia sede en el corazón del barrio Iturbide.

Que actualmente, el horario del merendero es de 16 a 19 horas de lunes a viernes, y dos días de la semana se prepara cena para unas seis familias, que son las que colaboran en las actividades del comedor. Algunos sábados se organizan jornadas de trabajo (para los colaboradores) o actividades recreativas para los niños y niñas que asisten habitualmente. Se implementan actividades como dictado de clases de guitarra, ropero comunitario, biblioteca y huerta comunitaria.

Que el Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte” brinda herramientas a los asistentes para alcanzar un desarrollo integral como personas, fomentando a través de la educación y cultura la apropiación del espacio, la incorporación de valores como respeto, libertad, solidaridad, compañerismo, etc.

Que los objetivos generales de la institución son:

• Brindar un espacio a niños en Situación de Riesgo Social.

• Brindar contención y cobertura necesarias mediante un abordaje personalizado, posibilitando un medio acorde a un hogar, respetando las potencialidades individuales para que puedan conocer y apropiarse de sus capacidades.

• Propiciar un vínculo referencial a través del cual el menor construya su identidad creando espacios propios.

• Posibilitar un espacio de diálogo y escucha permanente, tendiente a colaborar en cubrir requerimientos básicos tales como alimentación, vestimenta, salud.

Que son cada vez más las personas que acompañan este proyecto. La municipalidad de nuestra ciudad le ha brindado apoyo a través de un subsidio mensual de $ 1000 (pesos mil) y cierta cantidad de mercadería, aunque ambas ayudas en forma discontinua. Actualmente persisten con la ayuda de ciudadanos que se asocian a la institución aportando una cuota mensual mínima de $ 10 (pesos diez), y las donaciones de alimentos, ropa o calzado. Han recibido además elementos que le permiten optimizar el servicio, como una heladera donada por el Rotary Club, y una cocina.

Que la actual Comisión Directiva está compuesta de la siguiente forma: Presidente: Diego Vieyra; Vicepresidente: Maximiliano Basso; Secretario: Micaela Meinero; Tesorero: Silvia Noemí Vega; Primer Vocal Titular: Betiana Rivoira; Segundo Vocal Titular: Raúl Aguirre; Tercer Vocal Titular: María José Aramendi; Primer Vocal Suplente: Caterina Sava; Segundo Vocal Suplente: Miguel Perez; Tercer Vocal Suplente: Santiago Sampo; Organismo de Fiscalización: Síndico Titular: Federico Bevilacqua; Síndico Suplente: Analia Duymovich.

Que es necesario colaborar desde el Estado Municipal, brindando un pequeño apoyo a la loable labor social que desarrolla el Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte”, llegando y conteniendo espacios donde el Estado está ausente. Para ello, se considera pertinente establecer por Ordenanza una partida de aportes mensuales permanentes, fijando el monto en un equivalente a una cantidad de Unidad Tributaria Municipal, de modo que con el paso del tiempo no pueda obstaculizar la ayuda brindada por posibles devaluaciones, el índice inflacionario o hasta el cambio de signo monetario.

Que actualmente el valor de la Unidad Tributaria Municipal (UTM) para el período fiscal 2013 está fijada en $ 2,78 (pesos dos con setenta y ocho centavos), por lo que se estima que una ayuda indispensable mensual equivalente a 720 UTM, que le permitirá al Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte” solventar los gastos de alquiler y mantenimiento de servicios en tanto construya su propia sede.

Que el Presupuesto Municipal contempla una partida denominada “Programa de Fortalecimiento de la Sociedad Civil” para apoyar a instituciones como la mencionada, por lo que consideramos pertinente imputar en la mencionada partida el subsidio municipal de carácter mensual referido.

Que además, el reciente Mensaje Nº 056 -H -2013 enviado por el DEM para su aprobación dispone un “incremento en un 10% (diez por ciento) el importe fijado como tasa testigo por la Administración Provincial de Impuestos para el Impuesto Patente Única sobre Vehículos para el año 2014”, disponiendo para estos ingresos percibidos la afectación específica “al financiamiento de los aportes a instituciones intermedias de la ciudad”.

Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Meier, Vernetti, Rostom, Díaz Vélez y Aldasoro; y por la negativa los señores Concejales Bustos, Mastri y Had.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Establézcase un subsidio municipal mensual permanente equivalente a 720 UTM (setecientas veinte Unidades Tributarias Municipales) para el Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte”.

 

Art.2.- Impútese la suma fijada en el art. 1 a la Partida “Programa de Fortalecimiento de la Sociedad Civil” del Presupuesto General de Gastos y Recursos anual.

 

Art.3.- El Centro de Desarrollo Comunitario “Mimarte” tendrá el plazo máximo de un año a partir de la sanción de la presente Ordenanza para presentar su Personería Jurídica, como condición indispensable para seguir percibiendo el beneficio otorgado por el art. 1.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece.

 

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4538-C-13

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA