Ordenanza
Visto:
El desarrollo urbanístico de las chacras 23, 24, 25 y 26 ubicadas como zona Z14 en el Plan de Desarrollo Territorial; y,
Considerando:
Que la zona Z13 esta descripta en el Plan de Desarrollo Territorial como: “Son los sectores sub-rurales donde se localizan viviendas de uso permanente y transitorio y servicios no molestos predios de mediana superficie con características particulares de tejido abierto y en contacto con la naturaleza.”.
Que el sector Norte de la ciudad es considerado la expansión natural de la misma debido a que no tiene ninguna barrera urbanística como son las rutas nacionales y las vías del ferrocarril.
Que el mismo tiene definido su escurrimiento natural hacia la Laguna de la Cañada y puede llegar a tener cloacas debido a la futura instalación de bombeo en las inmediaciones de Juan Carlos Alberdi y Chaco.
Que en la zona ya existe una gran cantidad de vecinos viviendo y con diferentes loteos preexistentes a la planificación dada por el actual Plan de Desarrollo Territorial. Prueba de esto es que por la calle Mariano García el Municipio ha implementado la recolección de residuos domiciliarios.
Que la zona alterna entre lotes rurales y lotes quintas de vieja data de variadas medidas, con calles que no coinciden con la nueva planificación pero que es necesaria compatibilizarla para ir ordenando la trama urbana.
Que los propietarios de lotes de importantes superficies pero que no alcanzan para ser lotes rurales, y que se encuentran en estos espacios donde hay residentes fijos que solicitan servicios municipales, se encuentran en una situación de tener que pagar por estos servicios en proporción a una superficie que hoy no utilizan.
Que estas chacras fueron incorporadas al barrio Santa Rosa, debido al pedido de los vecinos residentes que querían estos representados dentro de los que son los barrios urbanos.
Que las chacras 23, 24, 25 y 26 se encuentran en su mayor superficie en estas condiciones, y dentro de esta dualidad de situación es conveniente consolidar la zona y promover los loteos. Para ello se considera conveniente pasar a lotes de 1.500 m2. (mil quinientos metros cuadrados) de superficie, en lugar de 2.500 m2. (dos mil quinientos metros cuadrados) como hasta ahora está la zonificación, y que no son los tamaños en que se hacían las subdivisiones en esta zona hasta antes del nuevo código.
Que las chacras 47 y 48 tienen situaciones especiales dado que la mayor superficie de la chacra 48 es Área Recreativa Norte, y por otro lado es el ingreso a la ciudad, por lo que debería tener un tratamiento especial, y la mayor superficie de la chacra 27 es ZEUP, quedando una fracción sobre Mariano López que se encuentra habitada donde se propuso que se extienda hasta la misma la ZEUP y aun no hay resolución sobre ese tema.
Que si bien la provisión de servicios municipales como son recolección de residuos, riego e iluminación no están compatibilizados con las diferentes zonas, deberíamos tender a eso, de manera tal que la definición de las mismas precisen también el nivel de servicios.
Que las chacras 21, 22, 27 y 28 que se encontrarían en situación similar de proximidad con la ciudad son lotes rurales, y se considera que no es conveniente por el momento alentar su subdivisión a los fines de no extender las zonas que el Municipio deba atender con los servicios.
Que además no resulta coherente que en la zona donde se propone la expansión de la ciudad se pase de un lote de 250 m2 (doscientos cincuenta metros cuadrados) en la Zona Especial de Urbanización Prioritaria ZEUP, a 2500 m2. (dos mil quinientos metros cuadrados), cuando se supone que el tamaño de los lotes debería ir siendo graduado en forma radial.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Incorpórese las chacras 23, 24, 25 y 26 a la zona Z13 del Plan de Desarrollo Territorial.
Art.2.- Modifíquese el Anexo I, definición de los Límites Zonas del Plan de Desarrollo Territorial, con las modificaciones del art. 1.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil trece.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO