Ordenanza
Visto:
Los convenios firmados el día 4 de setiembre de 2013, uno de ellos de colaboración y gestión de urbanizaciones de interés social para la urbanización de 155 lotes, y el otro para financiamiento de canasta de materiales, ratificados por Ordenanzas Nº 4349/2013 y 4348/2013, respectivamente, y;
Considerando Que:
Por medio del primero, ya identificados los lotes, se busca dotarlos de la infraestructura y servicios necesarios (cloacas, agua potable, energía eléctrica, alumbrado público, cordón cuneta, mejorado granular calcáreo, desagües y arbolado) con miras a disponer de lotes con servicios con precios más accesibles que los del mercado, y con esquemas de financiamiento adecuados a la realidad de diferentes sectores de la población que hoy no cuentan con vivienda propia.
Por medio del segundo convenio se busca facilitar el acceso a una canasta básica de materiales a sectores de escasos recursos, con el objetivo de erradicar de la ciudad la mayor cantidad posible de asentamientos precarios, regularizando también su situación dominial y, además, coadyuvando a promover la autogestión de la vivienda por parte de sus beneficiarios, brindando el apoyo técnico y operativo que pudiera ser necesario.
Para financiar ambos programas, el gobierno de la Provincia de Santa Fe ha ofrecido un préstamo a restituir en el plazo de 10 años con una tasa de interés anual del 6%, muy ventajoso para la Municipalidad dado las tasas de interés que se encuentran en el mercado, que el Municipio ha aceptado de conformidad.
Involuntariamente no se ha consignado en el articulado de las respectivas Ordenanzas de ratificación la afectación de la coparticipación provincial en garantía de la devolución de los préstamos, no obstante haber hecho referencia en los Considerandos de las mismas.
Con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese a afectar la coparticipación provincial en garantía de los convenios suscriptos por el Departamento Ejecutivo Municipal, el señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, ratificados por Ordenanzas Nº 4348 y Nº 4349/2013.
Art.2.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar todas las acciones y gestiones necesarias para hacer efectiva la concreción de dichos convenios.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de febrero del año dos mil catorce.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO