Ordenanza

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Visto:

La situación de vulnerabilidad social en la que se encuentran muchos trabajadores del Plan de Empleo Temporario (PET) y la necesidad de instrumentar una herramienta que les facilite el acceso a materiales de construcción para mejoras edilicias; y,

 

Considerando:

Que habida cuenta del incremento del déficit habitacional ocurrido en los últimos años en nuestra ciudad, se sancionó la Ordenanza Nº 4272 disponiendo implementar el programa “Banco Solidario de Materiales”.

Que este mecanismo establece un sistema solidario de créditos con asignación y beneficiarios específicos destinado a la construcción y/o reparación y/o mantenimiento edilicio a una tasa de interés mínima que no debe superar el índice anual de variación salarial publicada por el INDEC.

Que estos microcréditos le permiten al vecino solicitante acceder a materiales de construcción por un monto máximo de 2.000 UTM (Unidad Tributaria Municipal) con la condición de una devolución mensual, en un sistema transparente y solidario que le permite al municipio, de acuerdo al nivel de recupero, destinar nuevos créditos sin caer en una desfinanciación, garantizando así la continuidad del programa en el tiempo.

Que el art. 5 de la Ordenanza Nº 4272 determina respecto de los Beneficiarios: “1. La figura del beneficiario comprende al núcleo familiar del solicitante del crédito, no pudiendo entregar el “Banco Solidario de Materiales” más de un crédito por vez a un mismo núcleo familiar. 2. Personas de escasos recursos según el estudio económico social pertinente efectuado por el área municipal correspondiente en la Secretaría de Promoción Comunitaria de la Municipalidad de Venado Tuerto. 3. Tener domicilio en la ciudad de Venado Tuerto”.

Que muchos de los trabajadores municipales nucleados bajo la figura de Plan de Empleo Temporario se encuadran en lo establecido en el artículo citado precedentemente, siendo necesario realizar el correspondiente estudio socio-económico para contar con datos fehacientes que permitan un abordaje integral del tema.

Que en este sentido, la implementación del Banco Solidario de Materiales corresponde a la Dirección Municipal de Hábitat en el aspecto técnico, y al área de Promoción Comunitaria, en cuanto al abordaje del aspecto social.

Que teniendo presentes estos aspectos, consideramos menester la realización de un relevamiento conjunto por parte del equipo de asistentes sociales del municipio y representantes de Hábitat, a fin de elaborar informes socio-económicos de los empleados del PET e informes técnicos de sus viviendas, detectando aquellos casos que requieran soluciones habitacionales, para luego incluirlos como beneficiarios del Banco Solidario de Materiales.

Que al tratarse de empleados municipales, es posible convenir descuentos mensuales del salario a modo de abonar las cuotas del crédito, cumpliendo con el objeto solidario de la norma evitando además cualquier desfinanciación.

Que implementar este mecanismo beneficiaría a una amplia franja de la población que hoy se encuentra impedida de gozar efectivamente de un derecho que incide de forma directa en el desarrollo integral de la persona y su entorno familiar.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- La Dirección Municipal de Hábitat y la Subsecretaría de Promoción Comunitaria realizarán un relevamiento que abarque a la totalidad de los empleados municipales del Plan de Empleo Temporario (PET) a fin de evaluar los aspectos edilicios y socio-económicos que permitan determinar aquellos casos que requieran soluciones habitacionales.

 

Art.2.- Inclúyase como beneficiarios del Banco Solidario de Materiales (Ordenanza Nº 4272/13) a aquellos empleados del PET cuya situación lo requiera, conforme los datos obtenidos del relevamiento citado en el art.1.

 

Art.3.- Convénganse entre beneficiario y municipio descuentos salariales mensuales a modo de abonar las cuotas del crédito entregado por el Banco Solidario de Materiales.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los once días del mes de junio del año dos mil catorce.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA