Ordenanza

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Visto:

La necesidad de avanzar en el pago de haberes a los beneficiarios del IMPS, y;

 

Considerando:

Que las autoridades del IMPS solicitan al Concejo Municipal autorización para no efectuar descuentos de haberes de los jubilados y pensionados municipales.

Que manifiestan si preocupación en cuanto a la posibilidad de tener que descontar haberes de acuerdo al informe que oportunamente le solicitara el ente al Estudio Contable Scrochi – De La Mano.

Que la situación planteada surgiría de una redacción ambigua de la normativa vigente que genera dudas al momento del cálculo de los haberes.

Que atento a ello, se impone la revisión de la legislación vigente a fin de despejar dudas y dar seguridad jurídica a los beneficiarios del IMPS.

Que independientemente de ello, hasta tanto ocurra no resulta conveniente efectuar descuentos de los haberes devengados.

Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Díaz Vélez, Mastri, Bustos, Had y Vaccarini; y por la negativa por los señores Concejales Vernetti, Aldasoro, Rostom y Paris.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Autorícese al IMPS a continuar abonando los haberes jubilatorios como se ha venido haciendo hasta la fecha, y a las resultas de la revisión íntegra de la Ordenanza Nº 1869/89 y concordantes, de aplicación al sistema de jubilados y pensionados de la Municipalidad de Venado Tuerto.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil catorce.

 

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 05-C-87

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA