Ordenanza

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Ordenanza Nº 4548/14 - Dispone actualizar el valor de la UTM a partir del 1º de enero de 2015.-

Visto:

La Ordenanza Nº 4394 y el art. 3 de la Ordenanza General Impositiva Nº 3943, y;

 

Considerando Que:

En la primera disposición citada se ha fijado el valor de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) para el corriente año 2014, en tanto en la última de ellas se establece el mecanismo para su actualización en el supuesto de producirse variaciones que superen el 5% de su valor base.

Tal como lo dispone el mismo, las variables a considerar son: a) las remuneraciones para la categoría 15 del escalafón municipal; b) el precio oficial del gasoil (de cuyas variaciones da cuenta la Resolución H Nº 032/14); y c) el índice de precios mayoristas nivel general del INDEC, cada uno de los cuales incide en la formación del coeficiente en un porcentaje determinado (65, 15 y 20% respectivamente).

Como surge de la tabla anexada al expediente administrativo de referencia, se han producido las condiciones de hecho que posibilitan un reajuste en la determinación del valor.

Con todo, teniendo en cuenta la actual coyuntura económica marcada por el incesante incremento de costos en bienes y servicios, aplicar el aumento solicitado por el DEM para la UTM puede resultar gravoso para muchas familias. Si bien el guarismo solicitado refleja los incrementos habidos, entendemos que debe aprobarse el mismo pero que su aplicación sea desdoblada en dos tramos, el primero a partir del 1º de enero de 2015 en un 20%, y el segundo a partir del 1º de abril de 2015 en un 14%, tomando como base la UTM, en ambos casos, a $ 3,45. Y los contribuyentes que anticipen el pago abonando todo el año por adelantado no gozarán del 10% dispuesto por normativa vigente porque ya en el mes de abril de 2015 se verán beneficiados con el 14% referido.

Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Comunicación es votada por la afirmativa por los señores Concejales Aldasoro, Díaz Vélez, Rostom, Paris y Vernetti; y por la negativa por los señores Concejales Had, Bustos, Vaccarini y Mastri.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Actualícese el valor de la Unidad Tributaria Municipal fijado en el art. 2 de la Ordenanza Nº 3943, tomando como base en cada caso de incremento el monto actual de $ 3,45, de manera desdoblada y conforme el siguiente detalle: a partir del 1º de enero de 2015 en un 20%, y a partir del 1º de abril de 2015 en un 14%. Dispóngase asimismo que los contribuyentes que anticipen el pago abonando todo el año por adelantado no gozarán del 10% dispuesto por la normativa vigente porque ya en el mes de abril de 2015 se verán beneficiados con el 14% referido.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día cinco del mes de noviembre del año dos mil catorce.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA