Ordenanza
Visto:
Lo sugerido por iniciativa del Presidente del Concejo de Administración de la Cooperativa de Obras Sanitarias de colocar carteles con normas de convivencias en cada canilla comunitaria de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que en el año de su cincuentenario, la Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto sigue avanzando en la instalación de canillas comunitarias de agua potable en distintos puntos de la ciudad de modo gratuito con el objetivo de llevar una mejor calidad de vida a los vecinos, considerando que éstos, quienes en menor o mayor medida serán los guardianes de este vital servicio, deberán también tener en cuenta ciertas normas en el uso de la canilla comunitaria.
Que la propuesta es que la Cooperativa de Obras Sanitarias exponga carteles con ciertas normas de uso, a mencionar: Por cada bidón de veinte (20) litros lleno; o por cada cuatro (4) bidones de cinco (5) litros; o por cada dos (2) bidones de diez (10) litros, se deberá dar lugar a otro usuario y volver a cargar si así lo desea colocándose nuevamente en la fila. O que no hay límites en la cantidad de agua para ser retirada, pero si respetar y acceder a estas reglas de convivencia.
Que tener una canilla comunitaria en la esquina de la casa y que lo vecinos consuman agua potable pone de manifiesto su preocupación en la prevención en salud.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Establézcase en el ámbito de la ciudad de Venado Tuerto carteles con normas de convivencia en cada canilla comunitaria de nuestra ciudad.
Art.2.- Los mismos deberán exponer premisas claras y concisas sobre normas de convivencia:
a) Cuidado de las instalaciones;
b) Uso racional del agua potable;
c) Normas de uso;
c) Respeto por el turno;
d) Teléfono de contacto por pérdida o rotura.
Art.3.- Por medio de la Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto, efectúense las tramitaciones y tareas necesarias para la realización de dicho proyecto.
Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día veintinueve del mes de abril del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3953-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO