Ordenanza

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Visto:

                        La necesidad del reconocimiento a la diversidad sexual y citando la Ley Nº 26.743 y Decreto Nº 773/2012 de Identidad de Género, y la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y;

 

Considerando:

                        Que en la legislación de los derechos humanos el reconocimiento a la diversidad sexual en la Argentina no es una exigencia, sino un derecho a que cada ciudadano se sienta libre de la elección de género e identificación sexual a la que quiera y desea adherir. Es por ello que las libertades deben ser reconocidas y respetadas, posibilitándose de esta manera una inclusión, educación y sensibilización social donde todo el colectivo se desarrolle plenamente y sin discriminación.

                        Que  cada persona es vital para el desarrollo de una sociedad, pero además, que sea feliz y libre de cualquier elección que le permita su desarrollo interpersonal es menester del Estado y las políticas públicas que instituya para que ello se logre.

                        Que cualquier tipo de discriminación debe ser eliminada de las prácticas sociales y para ello se deben crear herramientas que permitan desterrar esta conducta y así afirmar la integración social.

                        Que la orientación sexual de cada ciudadano debe ser aceptada por el colectivo sin ninguna clase de prejuzgamiento o discriminación.

                        Que necesitamos construir colectivamente nuevas formas de entender los géneros y las sexualidades desde el marco de los derechos humanos que son los que nos protegen. Debemos transformar lo sociocultural en la práctica cotidiana, responsabilizarnos como sociedad para volver a construir el entramado social desde la cotidianeidad, pero para ello tenemos que considerarnos como un colectivo diverso.

                        Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Establézcase entre los días 23 y 31 de mayo de cada año como la semana  del reconocimiento a la diversidad sexual.

 

Art.2.- Impleméntese desde la Subsecretaría de Desarrollo Social campañas de sensibilización, concientización  y educación sobre la diversidad sexual. A tal fin, en el periodo señalado se realizarán charlas, debates, capacitaciones, proyecciones de films, actividades de promoción de la salud y otros dinamismos que tiendan a la multiplicación de la información, la sensibilización, la visibilización y la educación sobre las realidades y problemáticas de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (LGBTI) tendientes a concientizar sobre la diversidad sexual no solo en los ámbitos públicos sino privados. Para ello, el D.E.M. deberá solicitar el asesoramiento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

 

Art.3.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Social la Oficina de Identidad de Género.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día trece del mes de mayo del año dos mil quince.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4424-C-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA