Ordenanza
Visto:
La situación en la que se encuentran las calles y vías de circulación no asfaltadas del distrito Venado Tuerto, tanto en el ámbito urbano como rural, ocasionadas por las intensas lluvias que se han desarrollado en la región, y;
Considerando Que:
Dado que los pronósticos meteorológicos auguran aún mayores precipitaciones pluviales en la zona, el Departamento Ejecutivo Municipal, ante la necesidad de actuar con inmediatez y premura, ha resuelto dictar la emergencia respecto de los mismos, sujeta a ratificación de este Cuerpo Deliberante.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ratifíquense los Decretos Nº 22/15 y Nº 89/15 dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal el 27 de febrero y el 29 de mayo del año en curso, respectivamente, en los que fuera declarada la emergencia respecto de las vías de circulación no asfaltadas o pavimentadas y los caminos rurales del distrito Venado Tuerto por el término de noventa días, y su consecuente prórroga, cuyos textos, en carácter de Anexo, forman parte integrante de la presente normativa.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día doce del mes de agosto del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3600-C-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO