Ordenanza

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Visto:

                        La situación en la que se encuentran las calles y vías de circulación no asfaltadas del distrito Venado Tuerto, tanto en el ámbito urbano como rural, ocasionadas por las intensas lluvias que se han desarrollado en la región, y;

         

Considerando Que: 

                        Dado que los pronósticos meteorológicos auguran aún mayores precipitaciones pluviales en la zona, el Departamento Ejecutivo Municipal, ante la necesidad de actuar con inmediatez y premura, ha resuelto dictar la emergencia respecto de los mismos, sujeta a ratificación de este Cuerpo Deliberante.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Ratifíquense los Decretos Nº 22/15 y Nº 89/15 dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal el 27 de febrero y el 29 de mayo del año en curso, respectivamente, en los que fuera declarada la emergencia respecto de las vías de circulación no asfaltadas o pavimentadas y los caminos rurales del distrito Venado Tuerto por el término de noventa días, y su consecuente prórroga, cuyos textos, en carácter de Anexo, forman parte integrante de la presente normativa.


Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día doce del mes de agosto del año dos mil quince.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3600-C-01

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA