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ORDENANZA Nº 4638/15 - MODIFICA LA ORDENANZA Nº 2647 QUE REGULA BECAS EDUCATIVAS

Visto:

                        La Ordenanza N° 2647 referida al otorgamiento de becas educativas para personal municipal de categorías escalafonarias inferiores, y;

 

Considerando:

                        Que la mencionada normativa regula el otorgamiento de becas educativas primarias y/o secundarias para empleados municipales de categorías inferiores, es decir hasta la categoría quince (15).

                        Que contribuir a la educación e instrucción de empleados y personal municipal es de trascendental importancia para el desarrollo y progreso, teniendo en consideración el beneficio personal  que reporta para la persona el hecho de acceder a cualquiera de los niveles educativos y lograr el perfeccionamiento y progreso personal.

                        Que por medio de la presente Ordenanza y por los motivos expuestos se solicita que se modifique la normativa citada en vigencia, para extender el límite de manera que la beca educativa para el personal municipal sea otorgada a aquellos empleados que tengan hasta la categoría diecisiete (17).

                        Que asimismo es importante que dicha beca educativa abarque todos los niveles educativos, es decir tanto el nivel primario, como el secundario, terciario y universitario, ya sea que dichos estudios sean cursados en colegios y/o instituciones públicas como privadas. De esta manera se logra una verdadera contribución y compromiso con la educación y progreso educativo y por tanto personal de los empleados municipales.

                        Que por tanto, tal como lo dispone la normativa hoy vigente, el beneficio seguirá consistiendo en un importe equivalente al 20% del sueldo básico establecido por el Estatuto y Escalafón para el Personal de Municipalidad y Comunas de Santa Fe, modificándose por la presente el límite en la categoría al extendérselo a la categoría 17, así como disponiendo que se incluyan en esta beca todos los niveles educativos.

                        Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Ordénese a la Secretaría de Gobierno dependiente del D.E.M., así como a la Dirección de Educación de la Municipalidad de Venado Tuerto, adopten las medidas necesarias modificando y aplicando los siguientes puntos a la Ordenanza N° 2647 referente a becas educativas para personal municipal, a saber: 1) Extender el beneficio de becas educativas para personal municipal hasta la categoría diecisiete (17); 2) Incorporar para que queden comprendidos en dicha beca todos los niveles educativos, es decir primario, secundario, terciario y universitario; ya sea que sean cursados en instituciones públicas o también privadas.

 

Art.2.- Ordénese la modificación de la normativa vigente referida a becas educativas para personal municipal en los puntos a los que se refiere el art 1. de la presente, como medio de lograr una eficiente contribución al perfeccionamiento y progreso educativo y por ende personal de los beneficiarios de las mismas.


Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día doce del mes de agosto del año dos mil quince.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 2873-C-99

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA