Ordenanza
ORDENANZA Nº 4639/15 - DISPONE COLOCAR UNA SEÑAL LUMINOSA DE GIRO A LA IZQUIERDA EN CASEY Y MITRE.-
Visto:
La necesidad de colocar un semáforo para permitir el giro a la izquierda en Avenida Casey intersección con calle Mitre; y,
Considerando Que:
Allí se encuentra emplazado un semáforo de tres tiempos, contando el peatonal, sin señal y sin un tiempo para cada mano de la avenida que permita realizar dicha maniobra. Esta situación deriva en que el giro a la izquierda se realice en las siguientes intersecciones, sin un elemento ordenador del tráfico. Incluso en un semáforo de características similares como el ubicado sobre la misma Casey en su intersección con calle Rivadavia se permite girar a la izquierda.
No se entiende entonces cuál es el criterio aplicado, puesto que en la misma avenida y ante las mismas condiciones se presentan situaciones disímiles a pocas cuadras de distancia.
Al respecto, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 a la que adhirió plenamente la provincia de Santa Fe establece en su art. 44 inciso f) que “En vías de doble mano no se debe girar a la izquierda salvo señal que lo permita”.
Los problemas en torno a los giros a la izquierda en primer lugar se dan para el tránsito que viene atrás del vehículo que se dispone a doblar. El carril izquierdo es la vía rápida en toda avenida, y cuando un auto o una moto frenan para realizar la maniobra obliga a quienes vienen en velocidad a frenar. Esto, además de entorpecer el tránsito, genera el riesgo de choques de atrás. Además, el riesgo se da en el momento del cruce con quienes vienen por el carril contrario. En este sentido, los choques frontales y laterales producidos en los giros, son de los más graves que se registran en el tránsito urbano. Para evitarlos, se suelen emplazar rotondas o semáforos.
Otro peligro que se produce a partir del giro a la izquierda es el encuentro con los autos que circulan por la vía a la que el primer vehículo se va a incorporar, dado que al hacerlo con celeridad, entre el hueco que se genera en el carril a contramano y la presión que ejerce quienes vienen detrás, muchos conductores suelen no advertir que otros autos están circulando por la vía a la que se pretende doblar. Además, quienes más expuestos quedan a estas maniobras son los peatones. Cuando un vehículo dobla en velocidad, se observa generalmente que los conductores no respetan la prioridad del peatón en todas las esquinas de calles, siempre que no haya semáforos.
Consideramos que la solución a esta solicitud surge de lo realizado en otros municipios y comunas que permiten el giro a la izquierda en avenidas con esquinas semaforizadas colocando una luz exclusiva como está fijado por ley.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ordénese la colocación de una señal luminosa habilitando el giro a la izquierda en sentido sudeste en el semáforo emplazado en la intersección de avenida Casey y calle Mitre, realizando la correspondiente sincronización de tiempos. La imputación de las erogaciones que demande la presente Ordenanza corresponderá a la partida municipal correspondiente.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de agosto del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO