Ordenanza
Visto:
La necesidad de buscar un proyecto definitivo para el terreno ubicado en la intersección de calles 9 de Julio y Belgrano de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que la Ordenanza Nº 2870 prevé la Audiencia Pública como elemento para debatir distintos temas de la ciudad. En sus Considerandos la Ordenanza dice: “la gestión de los municipios -y las áreas metropolitanas ,encierran enormes complejidades y es uno de los retos de la sociedad contemporánea que en modo creciente demanda la adquisición de mayores y más integrados conocimientos y participación, así en materia urbanística se lo requiere para los planes de desarrollo estratégico de ciudades y regiones que ocupan un sitial preferencial en aspectos tan disímiles como la regulación del espacio público, el ordenamiento territorial, el régimen presupuestario local, la política ambiental, los servicios de higiene y salud urbana, el transporte, los tributos municipales, entre otros, exigen pues de un enfoque moderno para su adecuada comprensión. Ejemplo cabal de ello es el PLAN GENERAL DE VENADO TUERTO”.
Que al terreno municipal ubicado en calles 9 de Julio y Belgrano es necesario darle un uso definitivo ya que se trata sin ninguna duda del predio más importante que tiene el Estado municipal.
Que la participación ciudadana ya no se reduce a la simple manifestación de las “relaciones de vecindad” o de la cercanía del vecino del municipio; hoy es la plataforma para la formación del consenso, la colaboración de lo público y lo privado, y, fundamentalmente, el medio eficaz para evaluar los grados de satisfacción comunitaria respecto de la calidad y la eficacia de las prestaciones Municipales.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
O R D E N A N Z A
Art.1.- Convóquese a una Audiencia Pública para debatir el destino definitivo del terreno ubicado en la esquina de Calles Belgrano y 9 de Julio. El Poder Ejecutivo Municipal será quien reglamente la convocatoria, fecha y lugar de la audiencia.
Art.2.- Encomiéndese a la Oficina de Prensa de la Intendencia la divulgación de la convocatoria a la Audiencia Pública.
Art.3.- Póngase en conocimiento público en general y a todas las reparticiones de la Intendencia, especialmente a las reparticiones que se vean involucradas en el tema a tratar en la Audiencia.
Art.4.- El Poder Ejecutivo Municipal deberá poner a disposición de las personas interesadas en ser disertantes en la Audiencia Pública un registro de firmas según lo establecido en el art. 4 de la Ordenanza Nº 2870.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de agosto del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO