Ordenanza
ORDENANZA Nº 4653/15 - MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1869 QUE REGULA EL I.M.P.S.V.T.
Visto:
La necesidad de adecuar el funcionamiento del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto; y,
Considerando:
Que resulta necesario adecuar la reglamentación vigente en materia previsional a la realidad económico-financiera de la institución mencionada.
Que a los fines del cálculo del haber previsional se deben ajustar los parámetros de antigüedad y permanencia en el cargo, salvo en caso de promoción automática según lo previsto en el Estatuto del Empleado Municipal.
Que deben evitarse las promociones de categoría salvo aquellas que sean automáticas y por imperio de la ley.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Agréguese a la redacción del art. 56 de la Ordenanza Nº 1869 el siguiente texto: “A los fines del cálculo del haber previsional se ha de tomar en cuenta la permanencia en la categoría que reviste al momento del cese, siempre y cuando en la misma haya tenido una permanencia de tres (3) años, exceptuándose cuando el ascenso de categoría sea automático”.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día dos del mes de setiembre del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 05-C-87
- Derogada: NO
- Vetada: NO