Ordenanza

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Visto:

                        Los artículos pertinentes del Código Civil Argentino, la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe; la Ley Nacional Nº Ley 24.320 (modificatoria de la 21.477) el Decreto del P.E. Provincial Nº 5050/77, la Ley Provincial Nº 12.115; las Ordenanzas Nº 3075/ 2003 y 3377/2006, y;

 

Considerando Que: 

                        El art. 1897 del Código Civil Argentino dispone expresamente que “La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley”. En tanto el art. 1899 del mismo cuerpo legal estable que: “Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años...”. Asimismo, la mencionada Ley 24.320 (modificatoria de la 21.477), -a la que nuestra provincia de Santa Fe adhirió expresamente por medio de la Ley 12.115, sancionada el 22/05/03- establece un procedimiento de carácter administrativo -abreviado respecto del que rige para los particulares- para tramitar la incorporación al patrimonio estatal de inmuebles vacantes o cuyos propietarios resulten desconocidos, directamente a cargo del respectivo poder Ejecutivo (provincial o municipal), verificado el cumplimiento de los requisitos para su procedencia, comunes a toda prescripción adquisitiva.

                        En tal entendimiento, el Concejo Municipal dictó la Ordenanza 3377, en cuyo art. 1 se autoriza al Departamento Ejecutivo “a procurar la adquisición de aquellos inmuebles abandonados de los que detente su posesión…”, -en plena coincidencia con el art. 2342, inc. 3 del Código Civil, que establece que “las cosas abandonadas integran del pleno derecho el dominio privado del Estado”- e imponiéndole, a su vez, la obligación de poner en conocimiento de dicho cuerpo cada vez que se realice una adquisición de este tipo, informándole, además, el destino que a ese inmueble se le dará (art. 2 de la misma ordenanza).

                        Respecto de este caso en particular, en el año 2003 se sancionó la Ordenanza Nº 3075, que refiere a una franja de terreno de noventa y cinco metros de ancho por cuatro metros de profundidad, lindera a la calle Maestros Argentinos y a lotes de una urbanización, registrada dominialmente a nombre de una sociedad hoy inexistente -Tacurú S.R.L.- en la que se dispuso aplicar las disposiciones de la Ordenanza Nº 2256/1994, así como ofrecer los lotes a los propietarios de los inmuebles contiguos para su anexión y así tener acceso a la arteria citada, dado que ya en ese tiempo se había verificado el abandono por parte de quien ostenta la titularidad registral. Los terrenos en cuestión se identifican de la siguiente manera: situados en las manzanas 163,149,133 y 120, según designación del S.C.I.T, todos los lotes con frente a calle Maestros Argentinos, y ubicados en la manzana 163, entre las calles Luis Chapuis y Moreno; el ubicado en la manzana 149, entre las calles Moreno y Lavalle; el ubicado en la manzana 133, entre las calle Lavalle y Azcuénaga; y el ubicado en la manzana 120, entre las calles Azcuénaga y Junín; los inmuebles están empadronados bajo partidas de impuesto inmobiliario Nº 17-13-00-360391/0250, 360.394/0252, 360.394/0251 y 360394/0253, respectivamente.

                        A tales efectos, ya se ha confeccionado por el Ing. Agrimensor Emiliano Zanini, I.CO.P.A. Nº 2.0382.9, el correspondiente plano de mensura para adquisición de dominio, cuya copia se adjunta, así como de las constancias emitidas por el S.C.I.T.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

 

Art.1.- Declárase operada la prescripción adquisitiva e incorpórese al dominio privado de la Municipalidad de Venado Tuerto, el siguiente inmueble empadronado a nombre de Tacurú S.R.L, con dominio inscripto al Tomo 318 Folio 475 Nº 125.125, de fecha 06/04/1977,  ubicado dentro del los límites del Municipio, el que se describe de la siguiente manera: manzanas Nº 163-149-133 y 120, parcelas 6 – 5 – 6 y 14, según designación del SCIT y tiene las siguientes medidas, linderos y superficie, a saber: Lote “E”: mide por frente al noreste 4,00 metros, por donde linda con la Av. Luis Chapuis; por su costado noroeste, formando un ángulo de 90º con el lado anterior, 97,50 metros, por donde linda con la calle Maestros Argentinos; por su costado suroeste, formando con el anterior un ángulo de 90º, 4,00 metros, por donde linda por calle Moreno, y por su costado sureste, que forma con el lado anterior un ángulo de 90º y cierra la figura, 97,50 metros, por donde linda con Esteban Ariel Roma, Ariel Ignacio Perotti, Darío Hernán Coscia, Ariel J. Marti y otra, José Miguel Girardi y Rubén Darui Alonso; el primero y cuarto lado también forman un ángulo de 90º; el lote descripto encierra una superficie total de 390,00 metros cuadrados; sobre estas medidas y superficie se deberá tener en cuenta el retiro de 5,00 metros, establecido por el Reglamento de Zonificación del año 1976. El Lote “F”: mide por su frente al noreste 4,00 metros, por donde linda con la calle Moreno; por su costado noroeste, formando un ángulo de 90º con el lado anterior, 95,00 metros, por donde linda con la calle Maestros Argentinos; por su costado suroeste, formando con el anterior un ángulo de 90º, 4,00 metros, por donde linda con la calle Lavalle; y por su costado sureste, que forma con el lado anterior un ángulo de 90º y cierra la figura, 95,00 metros, por donde linda con Viviana. Baudracco; Franco David Gatica, Alejandro A. Venech y otra; Rubén Favero y otra y Luisa Eduvigis Mimme; el primero y cuarto lado también forman un ángulo de 90º; el lote descripto encierra una superficie de 380,00 metros cuadrados. El Lote “G”: mide por su frente al noreste 4,00 metros, por donde linda con la calle Lavalle; por su costado noroeste, formando un ángulo de 90º con el lado anterior, 95,00 metros, por donde linda con la calle Maestros Argentinos; por su costado suroeste, formando con el anterior una ángulo de 90º, 4,00 metros, por donde linda con la calle Azcuénaga; y por su costado sureste, que forma con el lado anterior un ángulo de 90º y cierra la figura, 95,00 metros, por donde linda con María I. Zamberletti, Romina Benol y otro, Fabián N. Busso, María Silvia Grosso, Mónica G. Barroso y Miguel Ángel Grecco; el primero y cuarto lado también forman un ángulo de 90º; el lote descripto encierra una superficie total de 380,00 metros cuadrados. El Lote “H”: mide por su frente al noreste 4,00 metros, por donde linda con la calle Azcuénaga; por su costado noroeste, formando un ángulo de 90º con el lado anterior, 57.15 metros por donde linda con la calle Maestros Argentinos; por su costado suroeste, formando  con el anterior un ángulo de 90º, 4,00 metros, por donde linda con Fatila, Rosalinda de; y por su costado sureste, que forma con el lado anterior una ángulo de 90º  y cierra la figura, 57,15 metros, por donde linda con Artero Mercedes y otro, Palenzona Ramón O. y Artero Mercedes y otro; el primero y cuarto lado también forman un ángulo de 90º; el lote descripto encierra una superficie total de 228,60 metros cuadrados.

 

Art.2.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las tratativas tendientes a la inscripción definitiva del título a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto.

               

Art.3.- Ordénese al Registro General de la Propiedad Inmueble la inscripción del presente expediente de prescripción y al S.C.I.T. la inscripción del plano duplicado que es parte de las presentes actuaciones como plano inscripto definitivo.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día treinta del mes de setiembre del año dos mil quince.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4172-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA