Ordenanza
Visto:
La obra de redes troncales de gas y redes domiciliarias en el barrio Los Robles de Venado Tuerto, y;
Considerando Que:
La misma fue realizada según el Concurso de Precios Nº 002/06, resultando adjudicataria la empresa Ingeniería Total S.R.L., de acuerdo con el decreto emanado del Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 6 de diciembre de 2006. La modalidad de dicho Concurso de Precios es que los vecinos frentistas contratan directamente con la ejecutora, esto es, se formaliza un acuerdo entre cada uno de los propietarios con Ingeniería Total S.R.L., para el caso de los barrios Villa Casey, El Cruce y Los Robles, en tanto la contratación se convendría con CB Construcción de Obras de Carlos Alberto Belforte de la ciudad de Firmat, para el supuesto de los barrios Los Pinos y Los Tilos.
La obra ha sido ejecutada y habilitada por la prestadora del servicio Litoral Gas S.A.; el caso es que varios vecinos frentistas no han abonado el valor de la Contribución de Mejoras a su acreedor -Ingeniería Total S.R.L-. Asimismo, en varios supuestos se han conectado a la red y utilizan el servicio, dado que hasta la sanción de la Ordenanza Nº 4248, Litoral Gas S.A. no estaba obligada a solicitar el correspondiente Certificado de Libre Deuda para proceder a sus efectos.
La empresa Ingeniería Total S.R.L. ha hecho saber al D.E.M. que momentáneamente presenta algunas dificultades financieras de carácter pasajero, y por ello ha planteado la posibilidad de ceder al Municipio algunos de sus créditos para poder superar el escollo y continuar la ejecución de la obra que actualmente se encuentra realizando, sita en barrio El Cruce. Fundamenta su propuesta en el antecedente legislativo plasmado en la Ordenanza Nº 4153, en la que se concertó con la solicitante y su par, Lima Ingeniería y Servicios, la adquisición municipal de sus créditos -originados en diversas obras de redes de gas realizadas en distintos barrios de la ciudad- por un precio en dinero, cediéndose, en consecuencia, al Municipio la titularidad para el cobro de la acreencia surgida de la Contribución de Mejoras.
Analizada la propuesta, el D.E.M. ha estimado adecuado darle curso favorable, en el entendimiento de que redundará en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos que se verán beneficiados con el uso del servicio de gas en red en el barrio El Cruce. A tales efectos, se solicitó a Ingeniería Toral S.R.L. la provisión de un detalle de propietarios frentistas que, gozando de la posibilidad de hacer uso del servicio, no han abonado su parte correspondiente.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Decláranse de interés público y pago obligatorio las obras de redes de gas domiciliarias ejecutadas por Ingeniería Total S.R.L. en el Proyecto identificado por Litoral Gas S.A. con la numeración P/VT/05/086, correspondientes a las partidas municipales Nº 55496, 55497, 55487, 27602, 53421, 30069, 30067, 53383, 21137, 30054, 55434, 53883, 54590, 54645 y 55467, todas ellas de 30 metros de frente, localizadas en Barrio Los Robles de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2.- Autorícese al D.E.M. a suscribir con la empresa contratista un convenio de cesión de los créditos emanados de la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente al valor establecido por la Ordenanza Nº 4340 respecto de los vecinos no adherentes, 50 U.T.M. por metro lineal equivalente a $ 104.175 (pesos ciento cuatro mil ciento setenta y cinco), que la Municipalidad abonará el valor en tres cuotas mensuales de $ 34.725 (pesos treinta y cuatro mil setecientos veinticinco) cada una.
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Art.3.- Autorícese al D.E.M. a emitir y percibir el cobro de la Contribución de Mejoras a los inmuebles involucrados al precio establecido en las normativas vigentes.
Art.4.- La Municipalidad remitirá la pertinente notificación a los propietarios, haciéndoles saber de la declaración de interés público y el pago obligatorio, e informándoles el valor de la Contribución de Mejoras y las formas de cancelación de la deuda.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día siete del mes de octubre del año dos mil quince.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3853-V-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO