Ordenanza

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Visto:

                        El pedido formulado por la institución Nexo, dedicada a la atención integral de niños adolescentes y jóvenes con capacidades especiales, y;

 

Considerando Que: 

                        Tal pedido consiste en demarcar en el domicilio de calle 2 de Abril Nº 282 de esta ciudad, lugar donde reside la institución mencionada, una zona de estacionamiento exclusivo para aquellos profesionales que se desempeñan en distintas áreas de la atención integral que la misma brinda a niños adolescentes y jóvenes con capacidades especiales, entre otras fonoaudiología, psicopedagogía y educación especial.

                        La zona se torna particularmente dificultosa para encontrar lugares de estacionamiento de vehículos libres.

                        Por lo expuesto, se considera pertinente disponer tal medida a favor de las familias que deben estacionar sus vehículos para llevar y retirar a los niños que concurren a la institución Nexo. Para tal fin es necesario delimitar espacios y horarios adecuados, de modo de no restringir innecesariamente la posibilidad de estacionar, evitando agravar la situación descripta.

                        Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Establézcase estacionamiento vehicular exclusivo para un (1) vehículo a favor de Nexo, situado en 2 de Abril Nº 282 de esta ciudad, los días hábiles de lunes a viernes en el horario de 8,00 a 12,30 horas y de 15,00 a 20,00 horas, y sujeto a la condición de que la institución de atención integral referida continúe desempeñando las actividades que conforman su objeto en el domicilio indicado en la presente Ordenanza.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de abril del año dos mil dieciséis.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA