Ordenanza
Visto:
La conveniencia de favorecer la situación fiscal de los Permisionarios del Estacionamiento Medido de la ciudad, y;
Considerando Que:
Los prestatarios del servicio, cuyo régimen está regulado por la Ordenanza Nº 2374 y sus sucesivas modificaciones, deben cumplimentar los requisitos de las disposiciones legales vigentes para los trabajadores autónomos, formalizando las respectivas inscripciones en A.F.I.P., A.N.Se.S. y los derivados del contrato de concesión, tal como reza el artículo 6 de la normativa.
Ante las dificultades económicas que soporta desde hace tiempo la sociedad argentina, es criterio del Departamento Ejecutivo Municipal aportar al menos un paliativo a quienes, con no poco esfuerzo, cumplen diariamente con la sacrificada tarea de controlar a los automovilistas que estacionan sus vehículos en el radio preestablecido a esos efectos.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Exímase del pago del Derecho de Registro e Inspección a los Permisionarios del Estacionamiento Medido enmarcados en el sistema establecido por la Ordenanza Nº 2374 y sus modificatorias a partir del mes siguiente a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3074-I-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO