Ordenanza
ORDENANZA Nº 4919/17 - MODIFICA EL ART. 2 DE LA ORDENANZA Nº 4853 S/ACTUALIZACION DE UTM.-
Visto:
La necesidad de mantener el precio del pavimento y del cordón cuneta en la ciudad de Venado Tuerto en un costo accesible a los vecinos de la misma; y,
Considerando:
Que mediante la Ordenanza Nº 4853 se estableció el precio de la UTM en $ 7,56 para el año 2017, pero en su art. 2 se dejó expresado la excepción de dicha actualización de la UTM para contribución de mejoras establecidas en Ordenanza Nº 4756 hasta el 31 de mayo de 2017.
Que a partir del 1º de junio de 2017 la Municipalidad de Venado Tuerto comenzó a cobrar $ 31.116 por cada 10 mts. de frente a los vecinos para la obra de pavimento, y $ 8.618 para la obra de cordón cuneta.
Que entendemos necesaria la prórroga de la excepción mencionada anteriormente para que sean cada vez más los vecinos que puedan acceder a realizar su cuadra de pavimento o cordón cuneta.
Que si se mantiene la prórroga hasta el 31 de diciembre, el vecino va a pagar $ 23.667 por cada 10 mts. de frente por la obra de pavimento, y $ 6.555 por cada 10 mts. de frente de cordón cuneta.
Que con esta modificación, el precio de la obra pública se vuelve accesible para los vecinos de la ciudad.
Que la realización de la obra de cordón cuneta y pavimento ofrece beneficios no solo para los frentistas sino también para la ciudad, por lo tanto los esfuerzos deben ser compartidos entre el vecino y el Municipio.
Que el objetivo es brindar herramientas y colaborar con el Municipio para que avance con la obra pública, pero teniendo como prioridad cuidar el bolsillo del vecino.
Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Chiarella, Rostom, Paris, Downes y Vernetti, y por la negativa por los señores Concejales Bustos y Domínguez.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el art. 2 de la Ordenanza Nº 4853, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Exceptúese de aplicar la presente actualización del valor de la U.T.M a los montos que se cobran por contribución de mejoras comprendidas en la Ordenanza N° 4765 hasta el 31 de Diciembre de 2017”.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3074-I-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO