Ordenanza
Visto:
Las Ordenanzas Nº 4787 y 4788 sancionadas oportunamente por el Concejo Municipal, y la necesidad de disponer de nuevos lotes, y;
Considerando Que:
En las normativas citadas el Concejo Municipal aprobó la enajenación de los lotes baldíos que se identificaron para aplicar, con el precio resultante, a la cancelación de la histórica deuda que el Municipio mantiene con la Sindicatura de ex Banco Integrado Departamental Cooperativo Limitado. En virtud de tales autorizaciones, y cumpliéndose el mecanismo previsto para la obtención del mejor valor posible para los intereses públicos, se realizaron varios llamados a oferentes, de los que se concertaron numerosas operaciones de compra-venta que permitieron hacer frente al pago de cuotas del convenio en el que fuera plasmada la modalidad de pago hasta saldar totalmente la deuda y sus accesorios.
No obstante todos los esfuerzos realizados, algunos de los lotes en cuestión no fueron objeto de oferta alguna; es por ello que el Departamento Ejecutivo propone la asignación de nuevos terrenos a los mismos efectos.
De los diversos terrenos disponibles por el Municipio, la Reserva 153 cuenta con dos lotes de adecuadas dimensiones a estos fines, identificados como “153 A” y “153 C”, inscriptos registralmente a nombre de la Municipalidad de Venado Tuerto, recibidos por ésta en ocasión de la mensura y subdivisión de terreno de mayor superficie urbanizado por los señores Casagrande (Ordenanza Nº 2700/1999). Tales lotes fueron inscriptos con la afectación “bien de utilidad pública”, requiriéndose, como primera medida, su desafectación para continuar con los trámites necesarios para su enajenación.
El tema fue tratado por la Comisión Municipal de Tierras, opinando de manera unánime para la disposición de las reservas previa ejecución de los trámites pertinentes.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Desaféctese de la condición de “bien de utilidad pública y/o uso público” los lotes que a continuación se describen, afectándose a la condición de “bienes públicos de uso privado”:
- una fracción de terreno, parte de la Chacra Nº 32 del Plano Oficial de la ciudad, que mide 38,34 metros sobre calle Natalio Perillo; 78,71 metros de frente sobre calle Pringles, 38,34 metros sobre calle José Martí y 78,41 metros con lotes linderos; encierra una superficie total de 3006,23 m2; es parte de la manzana designada en el plano Nº 143.324 /1999 como “VII”, partida municipal Nº 32002, reserva municipal Nº 153 A;
- una fracción de terreno, parte de la Chacra Nº 32 del Plano Oficial de la ciudad, que mide 78,41 metros sobre calles Arenales y Güemes, y 76,68 metros sobre calles Santiago del estero y Córdoba; encierra una superficie total de 6012,48 m2; es parte de la manzana designada en el plano Nº 143.324 /1999 como “IX”, partida municipal Nº 32004, reserva municipal Nº 153 C.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4098-V-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO