Ordenanza
Visto:
La inminente puesta en marcha del nuevo Hospital Dr. Alejandro Gutiérrez en la esquina de Santa Fe y Brown/Comandante Espora, y ;
Considerando Que:
La apertura del nosocomio generará un incremento importante en el flujo de tránsito en la zona, tanto de vehículos particulares como de emergencia.
Muchas personas, no sólo de la ciudad sino de otras localidades del Departamento General López e incluso de provincias limítrofes, asistirán a dicho centro de salud, debiendo entonces procurar facilitar el acceso de los mismos desde Ruta Nacional Nº 8, siendo la vía más directa la calle Brown.
Así, se propone desde el presente Proyecto,- luego de un análisis exhaustivo de las áreas técnicas ocupadas de la seguridad vial en el Municipio- modificar el actual sentido de circulación de la arteria mencionada, hoy mano única hacia la ruta, para pasar a ser de doble sentido de circulación. El ancho de la misma, 10.40 metros, permite dos carriles de circulación y uno para estacionamiento, pero resulta reducido para generar estacionamientos vehiculares sobre ambas manos. Cabe recordar que en alguna oportunidad Brown ha sido una avenida de doble mano.
Bomberos Voluntarios, servicios de emergencia y otros servidores públicos utilizan calle Brown como vía de escape para el egreso de la ciudad, por lo que no sería conveniente que la calzada quede reducida a un solo carril por mano; en tal sentido, resulta aconsejable prohibir el estacionamiento sobre la vereda impar. Asimismo, es necesario que este Cuerpo Deliberante proceda a autorizar la colocación de semáforos en la encrucijada de calles Brown/Espora y Santa Fe, en lo posible de cinco tiempos, a efectos de permitir a los peatones poder superarla con más tranquilidad, como así también semaforizar la de Lisandro de la Torre y Brown y colocar la señalética horizontal y vertical, más separadores físicos y reducidores de velocidad, en caso de ser necesarios, conforme la opinión de las áreas técnicas.
Por último, es dable hacer notar que a la magnitud de la obra del nuevo Hospital Dr. Gutiérrez se le suma que atraviesa una ruta provincial (4S); es por ello que la problemática de la accesibilidad al centro de salud es un tema que hemos abordado en infinidad de oportunidades con las autoridades del gobierno provincial, y es dable esperar su colaboración, tanto en el aspecto técnico como en el económico, en miras de la mejor solución.
Vale recordar que proyectos de esta naturaleza, que incluso preveían las mismas disposiciones que abarcaban el conjunto de medidas propuestas por el D.E.M. en su mensaje Nº 31-G-2017 sobre el particular, ya han sido presentados por diversas fuerzas políticas integrantes de este Órgano Legislativo. Puntualmente vale recordar al respecto los presentados por el bloque político del espacio Nuevo Horizonte por parte de la señora Concejal Liliana Rostom, y sus similares del bloque político del Partido Socialista encabezado por el señor Concejal Fabián Vernetti, todos ellos obrantes para su tratamiento y consideración en el Plenario de Ediles y que no alcanzaron sanción legislativa ante la falta de acuerdo político al respecto, o por la falta del dictamen técnico oportunamente requerido a diversas áreas profesionales con incumbencia profesional sobre la materia, particularmente el de urbanismo dependiente del Colegio de Arquitectos, lo cual justifica el voto en disidencia de los señores Concejales del bloque partidario PRO Viviana Downes y Francisco Paris.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el sentido de circulación de calle Brown, dándole doble sentido en dirección NE-SO y SO-NE.
Art.2.- Permítase el estacionamiento vehicular exclusivamente sobre la acera impar, sentido de circulación NE-SO.
Art.3.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de semáforos de cinco tiempos en la intersección de calles Brown/Comandante Espora y Santa Fe; y semáforos de cuatro tiempos en la intersección de Lisandro de la Torre y Brown, así como la señalética horizontal y vertical y reductores de velocidad y separadores físicos que fueren necesarios, conforme con la opinión fundada de las áreas de seguridad vial municipal.
Art.4.- Modifíquese la sincronización de los semáforos ubicados en las intersecciones de calle Brown y España; Brown y Estrugamou y Brown y Ruta Nacional Nº 8, agregando los tiempos y artefactos lumínicos necesarios. Asimismo, añádase señalética de “Prohibido girar a la izquierda” en la intersección de Brown y Av. 12 de Octubre (Ruta Nacional Nº 8).
Art.5.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá promover una campaña gráfica y en los demás medios de comunicación para informar a los ciudadanos de la nueva normativa.
Art.6.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los fines de la realización de las obras.
Art.7.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-08
- Derogada: NO
- Vetada: NO