Ordenanza

Starter Section

 

Visto:

                        La importancia de fomentar y acompañar a los jóvenes venadenses en el estudio de carreras terciarias y universitarias en la ciudad de Venado Tuerto; y,

 

Considerando:

                        Que la ciudad de Venado Tuerto ofrece una oferta estudiantil universitaria y terciaria variada y amplia.

                        Que las becas del Banco Municipal de Becas permitirán a muchos estudiantes venadenses avanzar en su recorrido académico, impulsando en algunos casos, el ingreso y en otros, acompañando a los estudiantes cursantes.

                        Que las becas del Banco Municipal de Becas tendrán como principal objetivo fomentar el estudio terciario y universitario en estudiantes venadenses en su misma ciudad.

                        Que muchos jóvenes venadenses pueden acceder a un estudio universitario o terciario únicamente porque existen en la ciudad instituciones públicas.

                        Que es muy importante generar condiciones de igualdad en el acceso a la educación superior. Hay muchos estudiantes que hacen un esfuerzo muy grande para solventar sus gastos de estudio como la matrícula, la cuota, el material de estudio y demás. Jóvenes que trabajan y estudian con el objetivo de poder alcanzar su título.

                        Que es fundamental que desde el Estado se puedan brindar este tipo de herramientas para apoyar a los estudiantes de nuestra ciudad.

                        Que la promoción de la educación en todos sus niveles, pero específicamente, en el nivel universitario y terciario es el motor de una sociedad pujante.

                        Que la educación terciaria y universitaria se constituye en un requisito casi excluyente para acceder a un empleo de la economía formal. Por lo tanto, promocionar el estudio de nivel terciario y universitario es sinónimo de generar igualdad de condiciones para los venadenses y de preparar a los futuros trabajadores de la ciudad.

                        Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Créase en el ámbito de la Subsecretaria de Educación y Cultura de la Municipalidad de Venado Tuerto el BANCO MUNICIPAL DE BECAS, el cual tendrá como funciones primordiales la promoción y el fomento del estudio universitario y terciario en los jóvenes venadenses mediante la asistencia económica a los alumnos ingresantes y cursantes.

 

Art.2.- BENEFICIARIOS. Estudiantes terciarios o universitarios, que quisieran comenzar o continuar una carrera en los institutos y universidades públicas o privadas de la ciudad de Venado Tuerto.

 

Art.3.- TIPOS DE BECAS.

  1. Becas para ingresantes: Serán aquellas ayudas económicas mensuales destinadas a alumnos que hayan finalizado la educación secundaria y quisieren comenzar a estudiar en el nivel terciario o universitario.
  2. Becas para cursantes: Serán aquellas ayudas económicas mensuales destinadas a alumnos que se encuentren cursando al momento de aplicar a la beca algún curso de la educación terciaria o universitaria.

 

Art.4.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Sin excepción alguna, todos aquellos aspirantes a las becas del Banco Municipal deberán presentar en la Subsecretaria de Educación y Cultura de la Municipalidad de Venado Tuerto, la siguiente documentación, para su posterior evaluación en el plazo expuesto en el art. 6 de la presente Ordenanza.

A) Documentación General para todos los alumnos, CURSANTES o INGRESANTES:

Formulario de Inscripción completo e impreso (se descarga de la web de la Municipalidad)

Fotocopia 1º y 2º hoja DNI Libreta o Fotocopia Anverso y Reverso DNI Tarjeta.

Constancia de CUIL. Se requiere la constancia de CUIL que expide la ANSES, en caso de no poder tramitar esta constancia vía on-line deberá tramitarse personalmente ante dicho organismo.

Carta de Motivos (Ver ejemplo en la página de la Municipalidad)

B) Para Alumnos ingresantes:

Constancia de finalización de nivel medio, sin adeudar materias.

Constancia de promedio histórico del nivel medio (del ciclo completo).

Fotocopia de la Constancia de Inscripción a la Carrera de grado.

C) Para Alumnos cursantes:

Certificado de Alumno regular.

Historia Académica.

Promedio histórico.

D) Para alumnos que renueven su beca:

Certificado de Alumno regular.

Historia Académica, debiendo acreditar haber aprobado 3 materias en el último año.

Promedio histórico.

E) Documentación socio-económica para todos los alumnos, ingresantes, cursantes y/o que renueven su beca:

Ingresos del grupo familiar: Para todos los miembros que integran el grupo familiar y son mayores de 18 años:

En el caso de todos los trabajadores que integran el grupo familiar y se encuentran en relación de dependencia:

  • · Fotocopia del Recibo de sueldo (mes Enero/Febrero).
  • · Si percibe Salario Familiar (SUAF: Sistema Único de Asignaciones Familiares) y no figura en el recibo de sueldo, agregar fotocopia del comprobante de cobro de las mismas (otorgado por ANSES)
  • · Historia Laboral emitida por ANSES. La misma puede ser obtenida a través de la página de ANSES http://www.anses.gob.ar > Mi ANSES Trámites.

En el caso de todos los trabajadores que integran el grupo familiar en relación de dependencia y/o cuentapropistas que no cuentan con Recibo de sueldo:

  • · Declaración jurada de actividad realizada e ingresos mensuales. Certificada por autoridad competente. (Seccional de Policía o Empleador)

 · Certificación Negativa de Ingresos de los últimos 6 (seis) meses. (La misma podrá obtenerse a través de la página de ANSES www.anses.gov.ar/ http://servicioswww.anses.gov.ar/censite/)

  • · Historia Laboral emitida por ANSES. La misma puede ser obtenida a través de la página de ANSES http://www.anses.gob.ar > Mi ANSES Trámites.

En el caso de todos los miembros del grupo familiar Beneficiarios de Planes Sociales:

 · Constancia de adjudicación o Ticket de cobro (del mes de Enero/Febrero).

En el caso de todos los miembros del grupo familiar Jubilados o Pensionados:

  • · Fotocopia del Recibo de haberes (del mes de Enero/Febrero).

En el caso de miembros del grupo familiar Monotributistas o Responsable Inscripto:

 · Constancia de Inscripción de la AFIP.

  • · Categoría a la que pertenecen.
  • · Última Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos o Impuesto a las Ganancias, según corresponda. En caso de no presentar la documentación detallada en el último punto se tomará el monto máximo de cada categoría.

En caso de no contar con ninguna de las anteriores

  • · Declaración jurada o exposición civil detallando los ingresos mensuales, actividad desarrollada y horarios de trabajo, certificada por autoridad competente.

 

LAS DECLARACIONES JURADAS Y/O EXPOSICIONES CIVILES REQUERIDAS PODRÁN SER REALIZADAS POR EL DECLARANTE PRESENTÁNDOSE CON DNI EN UN CENTRO TERRITORIAL DE DENUNCIAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

 

Art.5.- PROCEDIMIENTO Y PLAZOS. Se dará público conocimiento mediante publicación oficial del DEM, en la página web de la Municipalidad de Venado Tuerto y del Concejo Municipal, como así también mediante la difusión en los principales medios de comunicación de la ciudad, la fecha de apertura de inscripciones a la convocatoria de becas del Banco Municipal de Becas. La convocatoria (recepción de documentación) para cada año lectivo, deberá anunciarse un mes antes de la fecha de su apertura, y la misma deberá durar un mes. En dicho período, deberán admitirse las solicitudes de los aspirantes a las becas de todos aquellos alumnos que según su categoría hayan presentado la totalidad de la documentación (sin excepción) respetando los plazos establecidos. En el mes posterior, se llevará a cabo la evaluación de las mismas. Finalmente, se expondrán los resultados por los mismos medios utilizados para difundir la fecha de apertura de convocatoria a Becas.

La inscripción a las Becas del Banco Municipal de becas, podrán ser recepcionadas únicamente en la Subsecretaria de Educación y Cultura de la Municipalidad, siempre que se anexe la totalidad de la documentación requerida.

1 al 31 de Enero: Difusión de la apertura de Inscripción al Banco de Becas Municipal

1 al 28 de Febrero: Apertura de inscripción a becas- Recepción de documentación.

1 al 30 de Marzo: Evaluación de las Inscripciones.

1 al 20 de Abril: Exposición de Resultados e inicio del proceso de entrega de las becas.

Del 1 Mayo en adelante: Asignación del beneficio económico mensual o Beca.

El procedimiento de aplicación y evaluación de los candidatos deberá encontrarse expuesto en las páginas webs de la Municipalidad de Venado Tuerto y del Concejo Municipal de Venado Tuerto. Además, los institutos terciarios y universitarios de la ciudad que deseen difundir los beneficios que otorga el Banco Municipal de Becas, como un medio de fomento de su matrícula, podrán también exponer la información oficial respecto a fechas de inscripción, procedimiento de evaluación y documentación requerida para aplicar a las becas ofrecidas por el Banco Municipal.

Cada solicitud de beca, expirará una vez comenzada la nueva apertura de convocatoria.

 

Art.6.- COMITÉ EVALUADOR. El Comité Evaluador del Banco Municipal de Becas estará conformado de la siguiente manera, con el objetivo de garantizar la imparcialidad en el criterio de evaluación:

1(un) miembro de la Subsecretaria de Educación y Cultura de la Municipalidad de Venado Tuerto

1 (un) miembro del Concejo Municipal de la Ciudad de Venado Tuerto

1 (un) Representante de cada institución terciaria y universitaria instalada en la ciudad de Venado Tuerto. Cada año deberán renovarse las personas representantes de las instituciones educativas enviadas para formar parte del comité evaluador).

1 (un) Asistente Social del Área de Acción Social de la Municipalidad de Venado Tuerto.

 

Art.7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN. El conjunto de la documentación requerida para los aspirantes a las becas del Banco Municipal de Becas suma 100 puntos. Se confeccionará un listado de los aspirantes a las dos categorías de becas. La asignación de las becas será por puntaje, es decir a quienes obtengan el mayor porcentaje en virtud de la evaluación realizada por el Comité Evaluador, siguiendo las siguientes pautas:

Documentación general completa: 10 puntos

Carta de motivos: 20 puntos

Promedio académico para Ingresantes (de la escuela secundaria), para Cursantes (de la Universidad o Instituto Terciario): 35 puntos.

Situación socio- económica: 35 puntos.

Se elaborará una lista de alumnos suplentes, los cuales podrán cubrir vacantes que puedan darse durante la convocatoria para la cual fueron electos.

 

Art.8.- DEL MONTO DE LAS BECAS. El monto mensual de la beca será de $ 1000- mil pesos- a cada beneficiario de becas, tanto para ingresantes como para cursantes.

El número de Becas a otorgarse se desprende de la partida presupuestaria “Percibido Banco Municipal de Becas”, la cual cuenta con un fondo de $ 2.500.000 – dos millones quinientos mil pesos.

La beca será un beneficio económico mensual que tendrá un período de duración de mayo a mayo, y podrá volver a ser solicitada luego de su vencimiento, presentando la totalidad de la documentación requerida, siendo la misma nuevamente objeto de evaluación. 

 

Art.9.- COBRO DE LAS BECAS. Cada beneficiario de una beca del Banco de Becas Municipal deberá presentarse con DNI que acredite su identidad y formulario de asignación de Beca todos los meses en la Secretaria de Desarrollo Económico de la Municipalidad, para obtener su beneficio. Esta será la única modalidad de cobro de las becas.

 

Art.10.- PENALIDADES. El Comité Evaluador realizará un seguimiento de aquellos beneficiarios de las Becas, pudiendo las mismas, mediante justificación del uso indebido del monto percibido, quitar el beneficio de la Beca. Luego de la renuncia del beneficiario de beca, la misma, automáticamente, será percibida desde el siguiente mes, por el primer alumno en lista de espera, constituyéndose éste último en el nuevo beneficiario de dicha beca. Aquel alumno que fuese penado a renunciar a la Beca no podrá volver a aplicar a la siguiente convocatoria del Banco de Becas Municipal.

 

Art.11.- Créense la partida presupuestaria “Percibido Banco Municipal de Becas”, por un monto de $ 2.500.000 – dos millones quinientos mil pesos- para solventar el funcionamiento del Banco Municipal de Becas y “Erogaciones Banco Municipal de Becas”, para imputar los respectivos gastos.

 

Art.12.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recabar otros fondos, públicos y/o privados para solventar la financiación del sistema.

 

Art.13.- Todos los aspectos que hacen al funcionamiento del “BANCO MUNICIPAL DE BECAS” y que no se encuentren alcanzados por la presente Ordenanza, deberán ser reglamentados por el Departamento Ejecutivo en un plazo no mayor de 90 días desde el momento de promulgación de la misma.-

 

Art.14.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.

 


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2118-C-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA