Ordenanza
Visto:
El valor que implicaría ampliar y potenciar la página Web del municipio, a partir de la georreferenciaciónen cada barrio de nuestra ciudad, con la ubicación de espacios culturales, deportivos, recreativos, instituciones de bien público, iglesias, bibliotecas, dependencias del gobierno local, provincial, nacional y judiciales, fuerzas públicas Y demás elementos que sean de utilidad para los vecinos; y,
Considerando:
Que en las últimas décadas las tecnologías de la información y la comunicación han revolucionado el desarrollo, implementación, almacenamiento y distribución de la información mediante la utilización de diferentes medios, como en este caso los mapas virtuales e interactivos.
Que, advirtiendo a ésta como una herramienta analítica y de un alto valor diagnóstico, para el diseño de planificaciones y políticas públicas, el municipio desarrolló un sitio Web donde es posible localizar cada barrio con referencias de lugares estratégicos.
Que la georreferenciación es un aspecto para la correcta localización de la información necesaria y pertinente para responder a las necesidades de información y acceso a bienes, recursos y servicios de los ciudadanos.
Que sería de suma importancia contar con la participación de vecinos, por medio de los presidentes de barrios, e instituciones para la construcción colectiva de las nuevas referencias en estos mapas, que facilitaría y auspiciaría desarrollar la identidad visual y representativa de los barrios.
Que por la sencillez en el manejo de la información incorporada en los nuevos programas; es posible la conformación de un sistema flexible de manejo complejo de la información, con capacidad de integración de fuentes diversas y actualización permanente; en contraposición a las modalidades fragmentadas de administración de la información, que generan: duplicación de registros, desactualización, esfuerzos paralelos, dispersión y falta de información, inaccesibilidad a los datos y desaprovechamiento de recursos existentes en cada sector de nuestra ciudad.
Que ello sería un factor significativo al momento de garantizar el derecho a la información a los venadenses, como así también contribuiríamos a la visibilización de las instituciones y redes barriales.
Que, con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Efectúese una ampliación de los mapas virtuales e interactivos de nuestra ciudad y de cada uno de sus barrios, por parte del Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de Prensa.
Art.2.- Incorpórese a los datos que ya contienen, la georreferenciación de Iglesias (de todo credo), establecimientos educativos, espacios culturales y recreativos, organismos oficiales locales, provinciales y nacionales, ONG, y demás instituciones y servicios de bien público.
Art.3.- Promuévanse, una vez ampliada esta herramienta a través de los medios de comunicación, y de la Sub Secretaría de Educación y Cultura, para incentivar su utilización en las escuelas como material pedagógico.
Art. 4.- Comuníquese, publíquese y archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los once días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4325-C-06
- Derogada: NO
- Vetada: NO