Ordenanza

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Visto:

                               La Ordenanza Nº 4957/2017, sancionada por el Concejo Municipal el pasado 22 de noviembre; y,

 

Considerando Que:

En la normativa citada se dispuso autorizar a la empresa local Corven Motors Argentina S.A. para la instalación de un emprendimiento industrial en una zona que, en principio, no estaba habilitada a tales efectos, sujeto al cumplimiento de los requisitos y exigencias que en la misma ordenanza se establecen.

En tal entendimiento, el art 2 condiciona su eventual aprobación a la suscripción de un convenio con el Departamento Ejecutivo; el art. 4 de dicho texto normativo dispone expresamente que tal convenio debe contar con aprobación del Concejo Municipal.

Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Pellegrini, Bustos, Chiarella, Marenghini, Domínguez, Meardi, Downes y París; y por la negativa por los señores Concejales Rostom y Vernetti.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

                Art.1.- Apruébese el Convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la empresa Corven Motors Argentina S.A. en fecha 10 de abril del año en curso, en el marco de las prescripciones de la Ordenanza Nº 4957/2017, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza.

 

                Art.2.- Dispóngase que el Convenio referido en el artículo precedente quedará autorizado de pleno derecho si transcurrieren dos sesiones ordinarias sin que el Concejo Municipal se haya expedido a su respecto.

 

Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

                 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil dieciocho.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA