Ordenanza
Visto:
La requisitoria de vecinos con respecto al intenso y peligroso tránsito en las intersecciones de calles Lisandro de la Torre, Rivadavia y Ayacucho, donde en varias oportunidades se producen accidentes que ponen en peligro la vida de conductores y personas que ocasionalmente estaban en las proximidades; y,
Considerando:
Que la seguridad del tránsito es un objetivo básico del Municipio y que existen determinados tramos y puntos singulares en los que se requiere una velocidad de circulación reducida.
Que la señalización vial es, en general, el medio utilizado para lograr en estos tramos y puntos singulares la reducción de la velocidad, sin embargo existen otros medios adicionales, como son los reductores de velocidad.
Que el caso en cuestión fue tratado y consensuado en reunión de la Junta Municipal de Tránsito.
Que el área de tránsito realizó una inspección visual y evaluación de la problemática en el lugar, donde se determinó que la visibilidad es buena, aunque no óptima.
Que se han realizado informes de diferentes siniestros y se observa la dinámica de la circulación, donde se determina que el riesgo se ocasiona cuando los conductores que circulan por calle Lisandro de la Torre hacia calle Rivadavia, se cruzan de carril transitando varios metros en contramano. Esto ocasiona que se encuentren frontalmente con quienes circulan por calle Ayacucho y toman calle Lisandro de la Torre.
Que, con la intención de corroborar lo antes mencionado y contar con elementos concretos de análisis, se acompaña al presente proyecto con imágenes fotográficas donde se detallan las intervenciones, medidas y señalamientos.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Colóquese en los últimos 20 a 25 metros de calle Lisandro de la Torre, un separador de carriles, obligando a los conductores a permanecer en su mano, sin invadir la calzada contraria hasta llegar a la intersección de calle Rivadavia.
Art.2.- Prohíbase estacionar en los primeros 30 metros de ambas manos de la calle Lisandro de la Torre, para optimizar la visibilidad.
Art.3.- Colóquese un reductor de velocidad sobre calle Rivadavia antes de llegar a la calle Lisandro de la Torre.
Art.4.- Colóquese la señaléticas correspondiente a cada una de las intervenciones mencionadas.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO