Ordenanza

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Visto:

La inminencia de la llegada de la temporada estival, las tareas de reparación que el Gobierno de la provincia de Santa Fe desarrolla en el Parque General Belgrano; y,

 

Considerando Que:

Como es de público conocimiento, el Gobierno de la provincia de santa Fe ha dado inicio a tareas de refacciones en las instalaciones del denominado “Parque Municipal”; entre otras no menos importantes, se ha dado intervención a la pileta de natación y los vestuarios; por tal motivo, el verano próximo no estarán en condiciones de ser utilizados.

En su consecuencia, las colonias estivales municipales, cuya mayor concentración de asistentes se nuclea precisamente en dicha piscina, se verá notoriamente afectada.

Por otra parte, es objetivo de este Departamento Ejecutivo Municipal el de acercar los mismos servicios a todos los habitantes de la ciudad, cualquiera fuere el lugar de su residencia habitual. Dadas las circunstancias descriptas más arriba, se ha entendido que es la oportunidad para concretar el viejo sueño de dotar de una pileta de natación a los barrios situados en la zona sur de la ciudad, que son habitados por gran cantidad de ciudadanos, quienes se verían altamente beneficiados para sobrellevar las altas temperaturas veraniegas, pudiendo disfrutar más cómodamente de las actividades propias de esa estación.

En tal entendimiento, el espacio del Centro Integrador Comunitario, sito en Av. Falucho y Vuelta de Obligado, surge como el emplazamiento más adecuado para su construcción.

Teniendo en cuenta el tiempo que demandaría un proceso licitatorio para su ejecución, y dada la   proximidad del inicio del verano, se han recabado cuatro presupuestos a empresas especialistas del ramo y de reconocida trayectoria -Sola Hidrotecnología & Construcción, Agua Piscinas V.T. S.A., Anra S.R.L., y José Castillo-, que se remiten a ese Cuerpo Legislativo para su conocimiento, entendiendo este Departamento Ejecutivo Municipal que la mencionada en primer término es la que resulta más adecuada a los intereses municipales.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

                 Art.1.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar la ejecución de una pileta de natación de aproximadamente 8,00 metros de ancho por 25,00 metros de largo con módulos premoldeados de hormigón con su correspondiente vereda perimetral y demás tareas descriptas en el presupuesto a Sola Hidrotecnología & Construcción, de la ciudad de Venado Tuerto, por la suma de $ 921.963,00 más IVA (pesos novecientos veintiún mil novecientos sesenta y tres), en un todo de acuerdo con la mencionada oferta, a construirse en el predio en el que se emplaza el centro Integrador Comunitario, Av. Falucho y Vuelta de Obligado de nuestra ciudad.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4198-I-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA