Ordenanza

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Visto:

Que la ordenanza N°5016/18 “Venado Integra” no puntualiza el porcentaje de la alícuota específica que se cobra a entidades financieras para financiar proyectos educativos y/o culturales en nuestra ciudad, pero sí figuran los montos asignados en el Presupuesto General 2018; y,

Considerando:

Que resulta innegable que toda política de integración debe abarcar tanto el ámbito educativo como al cultural, pues favorece la inclusión de los habitantes de la comunidad en el tejido social y redunda en beneficios a la hora de mejorar la convivencia y la seguridad a largo plazo.

Que es absolutamente prioritario por parte de este Departamento Ejecutivo atender a todas las cuestiones que propendan al desarrollo cultural y educativo de los miembros de su comunidad y de obtener datos claros y concluyentes acerca de la población en edad escolar que asiste o no a los diferentes niveles del sistema educativo, conocer las razones de la deserción y delinear las políticas de apoyo necesarias para revertirla y prevenirla.

Que la población que concurre a instituciones educativas de nivel primario y secundario resulta la más vulnerable, pues es donde se encuentran los mayores porcentajes de deserción escolar y que esto ha incrementado la demanda de asistencia de diversa índole a niños, niñas y jóvenes de parte de instituciones educativas de nuestra ciudad.

Que es por lo expuesto que se ha diseñado la implementación de un nuevo programa, denominado “Venado Integra”, que abarca el funcionamiento del Sistema de Becas Municipales -según ordenanza N° 4940/17- y lo complementa con la inclusión de becas para el nivel primario y secundario; a su vez, completa otras iniciativas existentes en un programa integral que permita unificar datos y generar políticas de mayor impacto en la población desde la implementación de proyectos educativos y culturales.

Que resulta innegable que toda política de integración debe abarcar tanto el ámbito educativo como al cultural, pues favorece la inclusión de los habitantes de la comunidad en el tejido social y redunda en beneficios a la hora de mejorar la convivencia y la seguridad a largo plazo.

Que resulta absolutamente prioritario por parte de este municipio, atender a todas las cuestiones que propendan al desarrollo cultural y educativo de los miembros de su comunidad y de obtener datos claros y concluyentes acerca de la población en edad escolar que asiste o no a los diferentes niveles del sistema educativo, conocer las razones de la deserción y delinear las políticas de apoyo necesarias para revertirla y prevenirla.

Que la producción de actividades culturales de calidad genera bienes culturales que favorecen el fortalecimiento de valores intrínsecos a las comunidades y promueven la industria cultural y que muchas instituciones educativas no disponen de recursos para el acceso de los niños a estos bienes

Que en vistas de que un “Programa Integral” debe contemplar no sólo un incentivo económico para la continuidad de la escolaridad (Becas), sino también la producción de bienes culturales y la asignación de recursos para el acceso a los mismos, se propone agregar un artículo que proponga utilizar un 15% de los Fondos de este programa para la Promoción de Actividades Educativas y Culturales en nuestra ciudad.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Agréguese un Artículo a la Ordenanza N°5016/18 “Venado Integra” que diga lo siguiente: “Destínese un 15% de los fondos de este programa para la Promoción de Actividades Educativas y Culturales en nuestra ciudad”.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2118-C-96 - 4420-C-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA