Ordenanza
Visto:
Las Ordenanzas N° 5036/2018, del Expediente 3967-I-03 y 5156/2019, del Expediente 811-C-93, que estipulan la venta de lotes del Barrio Juan XXIII.; y,
Considerando:
Que es mandato del Gobierno Municipal contribuir de forma activa al desarrollo de la urbanización de todos los barrios de la ciudad, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población de los mismos e integrar de manera efectiva a la totalidad de la ciudad.
Que las singularidades de cada barrio son las que definen sus prioridades, y en virtud de la obtención de recursos, producto de la venta de lotes en el mismo barrio Juan XXIII, es que acompañamos el criterio de las Ordenanzas antes mencionadas.
Que entendemos que es un acto de justicia la reinversión de los fondos obtenidos de las ventas referidas en el mismo barrio, lo cual también trae la posibilidad de que los vecinos puedan observar como los ingresos generados son reinvertidos en el mismo lugar beneficiando a toda la comunidad.
Que el barrio Juan XXIII tiene un antiguo reclamo conocido por todos que tiene que ver con la problemática de conectividad que presenta, y este sentido hay que recordar las misivas de las autoridades barriales y el compromiso asumido en las Ordenanzas antes mencionadas.
Que la venta de los lotes traerá aparejado la apertura de calles, lo que redundará en darle otra fisonomía y dotar de mayor conectividad al barrio.
Que sería adecuado complementar dicha circunstancia con obras tendientes a mejorar las condiciones de conectividad y en ese sentido mejorar las calles y su transitabilidad, en especial aquellas arterias por donde transita el Transporte Urbano de Pasajeros (TUP).
Que las obras de cordón cuneta traerían aparejado otros beneficios para la comunidad aparte de la transitabilidad del TUP, ya que por donde se prevé dicho mejoramiento se encuentra la Escuela Primaria N°1191 “Bomberos Voluntarios”, favoreciendo el ingreso y el egreso de los niños que concurren a la misma.
Que la eliminación de las cunetas en el trazado propuesto sería un gran avance en la calidad de vida de los vecinos con respecto a la salubridad y para la escuela sería un paso muy importante para mejorar la calidad de sus prestaciones.
Que en el caso concreto del Barrio Juan XXIII, se produjo la venta de lotes a la firma Haispu S.A, a Raúl R. Scalabrone y Elizabeth G. Luna, respectivamente, con el fundamento de incrementar la integración social del barrio al entramado urbano.
Que es necesario cumplimentar el artículo N°3 de las Ordenanzas N°5036/18 y 5156/2019, el cual dispone que el producido de la venta de los lotes (40.000 UTM por cada caso) será destinado a la adquisición de materiales y ejecución de obras para el mejoramiento del entorno del Barrio Juan XXIII.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Destínese el producido de la venta de los lotes del Barrio Juan XXII, detallados en las Ordenanzas N°5036/18 y 5156/2019, a realizar la obra de pavimentación de la franja central de la calle Sáenz Peña, entre calles Monteagudo y Lascala, y el remanente para la obra de entubado y cordón cuneta de la calle Sáenz Peña entre Lascala, y 26 de abril en el trayecto original del Transporte Urbano de Pasajeros.
Art.2.- Declárese de Interés Público y pago obligatorio la ejecución de la obra de cordón cuneta, y pavimentación de la franja central, estipulado en el artículo N°1, de la presente Ordenanza.
Art.3.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir el cobro de la contribución de mejoras referidas en el artículo precedente, emitiéndose las correspondientes certificaciones y notificaciones a los frentistas.
Art.4.- Los ingresos que se perciban en cumplimiento de la presente Ordenanza serán destinados a la ejecución de obras para la continuación del cordón cuneta en las calles por donde transita el Transporte Urbano de Pasajeros, con el consiguiente mejoramiento del entorno del barrio Juan XXIII.
Artt.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dos días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 811-C-93 - 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO