Ordenanza

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Visto:

La cláusula penal especial que forma parte del Anexo II de la Ordenanza 4787-4788 del año 2016, y;

 

Considerando:

Que en fecha 16 de Julio del 2018, las señoras Estévez Mirta Alicia y Avalos Agustina Soledad presentan bajo exp. Administrativo Nº 198682 Letra L formulario de propuesta de mejoramiento de base de venta inicial, bajo procedimiento reglamentado Ordenanza Nº 4787 del 2016, ofreciendo sobre el lote Nº 25 de la reserva municipal Nº 104, parte de la chacra designada en plano oficial con el Nº 58 (Mza. Catastral Nº 796), la suma de pesos doscientos setenta y cinco mil ($ 275.000,00), cabe destacar que la base del mismo era de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00).

Que pre – adjudicadas las requirentes, realizan un depósito de pesos ciento treinta y siete mil quinientos ($ 137.500) en Fecha 28 de agosto del 2018. 

Que, ante la petición de información solicitada por la Coordinación en Gestión del Suelo, sobre los incumplimientos en la relación a la ordenanza up-supra mencionada, la Secretaría de Desarrollado Económico advierte el incumplimiento de las señoras Estévez y Avalos al saldo restante a fin de completado el pago total acordado pesos ciento treinta y siete mil quinientos ($137.500,00), por ende, la mencionada oficina eleva a la Comisión Municipal de Tierras lo planteado para su evaluación.    

Que posteriormente, en la reunión realizada por Comisión Municipal de Tierras en fecha 26 de Julio del 2019, los miembros asistentes de la misma, el Concejal Juan I. Pellegrini, Ing. Pablo Rada, Viviana Downes, Fabián Vernetti, Patricio Marenghini, Tomás Boyle y la Dra. Gabriela Venturelli dictaminan Intimar, por medio de la Coordinación en Gestión de Suelo, al pago del saldo deudor con plazo de 5 días hábiles desde la recepción de la notificación para su pago en efectivo, bajo pena de tomar por rescindido todo procedimiento.

Que realizada la notificación de la mencionada cláusula enviada por carta documento en julio del presente año, la señora Estévez presenta en el concejo deliberante una nota dirigida a la C.M.T. explicando la causa del impedimento al pago del saldo adeuda por razones de salud, a tal efecto acompaña estudios y certificados realizados en el Hospital Clemente Álvarez,  asimismo en voluntad de pago realiza un deposito fuera de termino de pesos ochenta mil ( $ 80.000,00) a la cuenta que el Municipio de Venado Tuerto estableció oportunamente para el procedimiento mencionado.   

Que se adjuntan para conocimiento de este Cuerpo Legislativo, copias de todos los documentos enumerados en los que asienta la conclusión referida.           

Que se adjuntan para conocimiento de este Cuerpo Legislativo, copias de todos los documentos enumerados en los que asienta la conclusión referida.                   

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un convenio de pago con las Señoras Estévez Mirta Alicia y Avalos Agustina Soledad del saldo restante de 3.382 UTM, pagaderos en dieciocho (18) cuotas mensuales y consecutivas de 188 UTM a partir de la firma del convenio mencionado.

Art.2.- Autorícese a la Secretaría de Desarrollo Económico a confeccionar el recibo de pago de pesos ochenta mil ($ 80.000,00) oportunamente realizado por las señoras Estévez y Avalos, afectando dicha suma al pago del inmueble sito en calle Raimundo Caparros Nº671, empadronado en la Partida Municipal Nº 52375, (reserva municipal Nº 104, Lote Nº 25, parte de la chacra designada en plano oficial con el Nº 58 – Mza. Catastral Nº 796).  

                         Art.3.- La Municipalidad de Venado Tuerto entrega la posesión libre de tasas, impuestos y/o gravámenes una vez promulgada la presente ordenanza. La escritura traslativa de dominio del lote objeto de la presente ordenanza se realizará una vez completado el pago del saldo total del precio, otorgada ante escribano que designe el Departamento Ejecutivo Municipal; los gastos que insuma serán abonados en proposición de ley.

                         Art.4.- Téngase la presente como excepción a lo reglamentado en la Ordenanza Nº 4787 del año 2016 y Anexos.

Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4098-V-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA