Ordenanza

Starter Section

Visto:

La Ordenanza N° 4618-2015, la importancia de crear espacios verdes recreativos en nuestra ciudad y de un espacio que funcione como predio ferial para emprendedores y artistas locales, y;

Considerando:

Que los espacios verdes públicos constituyen uno de los principales articuladores de la vida social. Son lugares de encuentro, de integración y de intercambio; promueven la diversidad cultural y generacional de una sociedad; y generan valor simbólico, identidad y pertenencia.

Que se propone por sus características el espacio de recreación el predio ubicado debajo del puente y comprendido hasta la estación del ferrocarril, cito en calle Sarmiento y Juan B. Justo. Esto contribuiría a un mejor ordenamiento del lugar y aprovechamiento, ya que actualmente muchos vecinos, y no solo los linderos al lugar, lo utilizan para la recreación de manera diaria.

Que, por sus cualidades intrínsecas, este espacio cuenta de por si con cualidades estéticas como el puente, los murales, un excelente arbolado y un amplio lugar para desarrollar actividades tanto feriales como culturales y sumarlas al paseo diario de los venadenses.

Que, con mínima inversión, colaboración de diversos emprendedores, la CEVT en la ubicación de iluminarias bajas y la colocación de una cámara de seguridad lo dispondría como un lugar ideal ya que por las características urbanísticas es un espacio muy aprovechable.

Que cabe recordar que sobre el corredor de las vías hay cámaras de seguridad y una ordenanza vigente (4618-15) que establece el diseño y la creación de una bicisenda o camino para correr o caminar y circuito deportivo en el espacio contiguo a las vías del lado de la estación y desde calle 3 de febrero hasta Avenida Eva Perón. la ubicación de una bicisenda o espacio peatonal más hacia las vías.

Que el proyecto aporta seguridad para los vecinos del barrio que al contribuir con luminarias y vigilancia interrumpe la vía natural de escape de delincuentes que es el puente.

Que se podría licitar la incorporación de un bar con expendio de bebidas cerca de la actual estación con la posibilidad de añadir mesas y sumar actividades la vida del lugar.

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en el Capítulo III Atribuciones y deberes del Concejo Municipal, Articulo 39, Inciso 36; Ordenar las obras públicas que exijan las necesidades del municipio, el ensanche y apertura de calles, la formación de nuevas plazas, paseos, parques o avenidas, la construcción de caminos, puentes, calzadas, acueductos y la delineación de la ciudad.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

                                                                                                               

ORDENANZA

Art.1.- Ordénese el diseño y la creación de un espacio con las características de un predio ferial y cultural, amalgamado con las condiciones arquitectónicas y paisajísticas en el espacio contiguo a las vías en el predio comprendido debajo del puente hasta la estación del ferrocarril, teniendo en cuenta los principios redactados en los considerandos.

Art.2.- Créase la partida presupuestaria correspondiente

 

Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veinte.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3254-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA