Ordenanza

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Visto:

La pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud respecto del Nuevo Coronavirus COVID-19, los Decretos Nacionales N° 260/20, 297/2020, ccs. y sgts., los Decretos Provinciales y Municipales dictados en su consecuencia, la Ordenanza N° 5221/2020, el Acta Acuerdo suscripta entre el Rotary Club Venado Tuerto y la Municipalidad de Venado Tuerto, y;

Considerando Que:

En el marco de dicha pandemia, el Sr. Presidente de la Nación dictó los Decretos N° 260/2020 y 297/2020, ccs. y sgts., que disponen el aislamiento social obligatorio para todos los argentinos y complementando todas las medidas que hasta el momento han sido dispuestas con el ineludible objetivo de evitar su propagación, tanto el Poder Ejecutivo Nacional como el Provincial y el Municipal continúan adoptando nuevas medidas, aconsejadas por los especialistas, con el fin de permitir el cumplimiento efectivo de las disposiciones anteriormente establecidas y evitar aglomeraciones de público, entre otras.

El 14 de agosto la ciudad de Venado Tuerto fue declarada zona de circulación comunitaria por el Ministerio de Salud de la Nación, hecho que claramente trajo como consecuencia un aumento de casos en toda nuestra región.

Desde el inicio de la pandemia en Argentina se viene trabajando de manera experimental con el plasma de pacientes recuperados, para tratar aquellas personas que padecen el Covid-19 y se encuentra en situación de vulnerabilidad, con buenos resultados.

Dada una inquietud acercada por el Rotary Club Venado Tuerto, desde este Departamento Ejecutivo Municipal se manifiesta y comparte la plena convicción de que es oportuno invertir recursos locales que permitan fortalecer el sistema de salud de la región; efectuadas diversas consultas con especialistas de la materia, inclusive el titular provincial del CUDAIO, Dr., Armando M. Perichon, se ha arribado a la conclusión de la conveniencia de que nuestra ciudad pueda contar con un equipo de aféresis, para extracción de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 y lograr de esta manera mayor afluencia de donantes, ya que actualmente los potenciales donantes deben trasladarse a la ciudad de Rosario para realizarse estudios previos, hecho que disminuye notoriamente la disponibilidad de tan preciado elemento.

En la convicción de que todos los ámbitos políticos y sociales habrán de aunar sus voluntades para superar colectivamente los efectos de la pandemia que nos afecta, se ha concertado con la entidad solidaria y las autoridades regionales de Salud provincial un acuerdo tripartito, en el cual Rotary Club Venado Tuerto propone realizar una intensa campaña para recaudar los fondos para la compra del equipamiento, la Municipalidad de Venado Tuerto, anticipar los mismos para agilizarla, y el Hospital SAMCO Dr. Alejandro Gutiérrez -que lo recibirá en carácter de donatario-, aportará el personal capacitado y suficiente para su operación y el material descartable. Asimismo, la Municipalidad de Venado Tuerto donará cien kits de insumos descartables, para su inmediato funcionamiento.

Para poder efectuar la compra resulta imperativo llevar adelante un proceso rápido y efectivo; la premura de la situación obliga a invertir fondos rápidamente, con el objetivo de permitir a las áreas vinculadas a servicios esenciales municipales y provinciales, poder dar respuesta a la demanda social creciente ante la emergencia sanitaria.

En nuestra ciudad está vigente la Ordenanza Nº 5221, sancionada por el Concejo Municipal el 08/04/20; el concepto de emergencia económico en ella establecido es muy similar al de estado de necesidad, al cual nos conducen las distintas situaciones descriptas anteriormente, y permite que el Estado adopte una serie de medidas urgentes, teniendo como principal objetivo preservar la salud y el bienestar de los habitantes.

En dicha norma se dispuso la necesidad de “…La contención del gasto público que no esté orientado al desarrollo de políticas públicas destinadas a evitar la propagación del Coronavirus COVID-19…” , así como que se autoriza “… al Departamento Ejecutivo a desafectar de forma permanente y definitiva todos los fondos asignados previamente a otros fines, cualquiera fuera su naturaleza y disposición normativa, tanto aquellos que se encuentren disponibles a la fecha de sanción de la presente, como los que eventualmente estuvieren comprometidos a reintegros en cuentas de asignaciones específicas o especiales como producto de normas sancionadas en tal sentido, poniéndolos a disposición para afrontar las partidas necesarias para atender a la emergencia sanitaria y crisis económica.

Idéntico tratamiento tendrán las partidas con afectación específica cuya recaudación se produzca durante la vigencia de la presente…”.

Asimismo, el art. 14º de la citada normativa dispone textualmente: “Suspéndase por el término de vigencia de la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa Municipal dispuesta por la presente norma, toda otra disposición municipal que se oponga a esta Ordenanza, debiendo en todos los casos de interpretación de la normativa, estarse en favor por la vigencia y validez de esta Ordenanza.”.

En sus Considerandos se destacó que la realidad imperante provocaría un crecimiento exponencial de inquietudes y requerimientos de nuestra comunidad y que el Municipio sería la primera caja de resonancia de los vecinos para expresar sus reclamos; que se avizoraba en un cortísimo e inmediato plazo, un volumen de peticiones que excedería ampliamente la demanda social habitual que afronta nuestro Municipio a diario.

En tal sentido y a los fines expuestos, debido a la situación epidemiológica actual, resulta necesaria la adopción urgente de medidas desde la esfera municipal que tiendan a colaborar y mejorar la situación de los afectados por la pandemia; a través de políticas activas, por lo que la situación requiere del compromiso mancomunado de todos los organismos y autoridades involucrados a tal fin.

Con ese objetivo se ha suscripto un Acta entre este Departamento Ejecutivo Municipal y las autoridades de Rotary Club Venado Tuerto, en la que se han plasmado los compromisos de ambas partes: por parte de la Municipalidad, de anticipar el dinero suficiente para la compra -y afrontar el pago del saldo, si lo hubiere- y proveer de cien kits de descartables, para su inmediata operatividad, y por parte de la entidad solidaria, de organizar una campaña para recaudar fondos de empresas y ciudadanos venadenses, que se destinarán a ese fin, así como de implementar una campaña de donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19.

En ese marco, se recabaron dos presupuestos, a las empresas Med Care S.R.L., que presentó una oferta por $ 4.050.000,00, y promete la entrega del equipo en el término de 72 horas, y Terumo BCT Latinoamérica S.A., que cotizó un equipo por el precio de $ 4.680.128,75, con plazo de entrega de sesenta días; claramente el más conveniente es el primero de los mencionados, no sólo por su precio, sino también en relación al plazo de entrega del equipamiento.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Ratifíquese el texto del Decreto Nº 119/20, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal el 25 de setiembre del año en curso, cuyo texto, en carácter de Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinte.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4600- I-20 3336-C-20

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA