Ordenanza

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Visto:

La demanda de viviendas que existe en Venado Tuerto, y las dificultades que presentan miles de familias para acceder a un terreno y a créditos favorables para la construcción de su casa propia; la necesidad de la Municipalidad de acceder a los lotes que, por disposiciones vigentes, se encuentran comprendidos en la zona demarcada como Área Recreativa Norte, y;

 

Considerando Que:

La señora Juana Amelia Gil, D.N.I. 6.281.422, por medio de expediente administrativo Nº 112.799-G-2003, ha solicitado la posibilidad de permutar un terreno ubicado en calle Avenida Lisandro de la Torre Nº 3180, de 260,00 m2 de superficie, partida municipal Nº 53783, P.I.I. 17-13-00-360381/0158, el cual se encuentra bajo reglamentación del Área Recreativa Norte, por un terreno propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto, con destino a solucionar el problema habitacional de su hija; a tales efectos acompañó un Boleto de Compraventa y el plano de ubicación del lote en cuestión (lote 8, manzana B, parte de la chacra 70).

Tratado el caso en Comisión Municipal de Tierras en acta de reunión de 21 de mayo de 2020, se resolvió darle curso a la petición, proponiendo el valor de tasación emanado del Sistema de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T.) provincial, cuyo valor, actualizado a la fecha, arroja un resultado de $ 70.000,00 (pesos setenta mil).

La Municipalidad de Venado Tuerto cuenta con lotes que pueden ser destinados a la venta en cuotas, en cumplimiento de las políticas de tierras determinadas por imperio de las Ordenanzas 5269/20 y 5271/20. El Programa “Nuestro Terreno”, está orientado a familias que, a pesar de no poder obtener préstamos suficientes para acceder al terreno propio dentro del sistema financiero nacional, tienen un ingreso que les permite afrontar el pago de una cuota, a un bajo costo y con facilidades de pago.

Tratado el caso en reunión de Comisión Municipal de Tierras, celebrada el 11 de enero de 2021, haciendo uso de la facultad concedida en el art. 21, inc. 4 de la Ordenanza Nº 5269/2020, se opinó favorablemente a la propuesta de enajenarle un terreno, bajo la modalidad de entrega del 30 % del valor y financiación hasta 36 cuotas -para así satisfacer la necesidad habitacional de la hija de la solicitante-, y tomar su lote como parte de pago, a cuenta del anticipo, asignándose, asimismo, uno de los lotes individualizados por la Ordenanza Nº 5271/2020

El lote en cuestión pertenece a la Reserva Municipal Nº 233, se identifica como “6D”, en el Anexo/Planilla/Grupo D; consta de una superficie total de 300,08 m2, y está valuado, conforme con la citada normativa, en la suma de $ 880.000,00.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a vender a la señora Juana Amelia Gil, D.N.I. F 6.261.422, con domicilio en Strenitz 413 de Venado Tuerto, 1 (un) lote de terreno baldío ubicado en Castelli 2948, es parte de la Chacra 51 Manzana IIb 1, Lote 6, del Plano confeccionado por la Ing. Agrim. Daiana Olivieri inscripto en el S.C.I.T. bajo el Nº 237.196 el 18/03/21, de 15,50 m. de frente sobre calle Castelli por 19,36 m., superficie total 300,08 m2 (trescientos metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados; comparte Pasillo en Condominio, identificado en el mismo plano con el Nº 7, partida municipal Nº 39002,  en la suma de $ 880.000,00 (pesos quinientos setenta mil), que se abonará bajo la modalidad de entrega al contado del 30 % (treinta por ciento), que deberá ser abonada en un plazo máximo de 30 (treinta) días a contar desde la firma del contrato pertinente, y el saldo restante, en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales y consecutivas, calculadas en Unidades Tributarias Municipales, actualizables de acuerdo con la variación de ésta al momento de hacerse el efectivo pago.

 

Art.2.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir de la señora Juana Amelia Gil en parte de pago y a cuenta del 30 % del anticipo de la adquisición referida en el artículo anterior, 1 (un) lote de terreno baldío, ubicado en el Área Recreativa Norte, Av. Lisandro de la Torre 3180, Chacra 70, Manzana B, lote 8, de 10,00 m. de frente por 26,00 m. de fondo, superficie total 260,00 m2, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360381/0158, partida municipal Nº 53783, del que la oferente es poseedora, titular de un Boleto de Compraventa a su favor, dominio registrado a nombre del señor Osvaldo López, valuado, de acuerdo con tasación del S.C.I.T. actualizada, en $ 70.000,00 (pesos setenta mil).

 

Art.3.- La venta autorizada en el artículo 1ro. se formaliza en razón del uso de la facultad concedida a la Comisión Municipal de Tierras por el inc. 4, del art. 21 de la Ordenanza Nº 5269/2020.

 

Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 811-C-93 1891-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA