Ordenanza
Visto:
La necesidad de la Municipalidad de acceder a los lotes que, por disposiciones vigentes, se encuentran comprendidos en la zona demarcada como Área Recreativa Norte, y;
Considerando Que:
La señora María Celeste Porta, D.N.I. 25.544.527, por medio de expediente administrativo Nº 167.081-P-2012, ha solicitado la posibilidad de permutar tres terrenos de su propiedad, ubicados en calle José A. Aufranc 2143/49/59, respectivamente, (parte de la Chacra 75, Manzana 6, identificados como 4, 5 y 6 del plano confeccionado por el Ing. Enrique de la Vega, Nº 56.724, año 1950) de 1.782,00 m2 de superficie total, partidas municipales Nº 32429, 32430 y 32431, P.I.I. 17-13-00-360106-0171/9, 17-13-00-360106-0170/0 y 17-13-00-360106-0169/4, respectivamente, los cuales se encuentran bajo reglamentación del Área Recreativa Norte, que manifiesta haber adquirido en el año 1998 por Boleto de Compraventa, con la intención no mediata de construir su vivienda familiar, desconociendo la imposibilidad de edificar en los mismos, -respecto de los que cuenta con Boleto de Compraventa y sentencia favorable en Juicio de Escrituración del año 2016-, por un terreno propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto a esos efectos.
Tratado el caso en Comisión Municipal de Tierras en acta de reunión de 21 de mayo de 2020, se resolvió darle curso a la petición, disponiendo solicitar el valor de tasación a la Dirección de Tasaciones del Sistema Catastral Integrado Provincial.
La Municipalidad de Venado Tuerto cuenta con lotes que pueden ser destinados a la venta en cuotas, en cumplimiento de las políticas de tierras determinadas por imperio de las Ordenanzas 5269/20 y 5271/20. El Programa “Nuestro Terreno”, está orientado a familias que, a pesar de no poder obtener préstamos suficientes para acceder al terreno propio dentro del sistema financiero nacional, tienen un ingreso que les permite afrontar el pago de una cuota, a un bajo costo y con facilidades de pago.
Tratado nuevamente el tema en reunión de Comisión Municipal de Tierras, celebrada el 11 de enero de 2021, haciendo uso de la facultad concedida en el art. 21, inc. 4 de la Ordenanza Nº 5269/2020, se opinó favorablemente a la propuesta de enajenarle un terreno, bajo la modalidad de entrega del 30 % del valor y financiación hasta 36 cuotas -para así satisfacer la necesidad habitacional de la solicitante-, y tomar sus lotes como parte de pago, en forma de anticipo, asignándose, asimismo, uno de los lotes individualizados por la Ordenanza Nº 5271/2020 (t.o. Ord. 5323/2021). Para su valuación, se consideraron dos tasaciones realizadas por profesionales del ramo, de las que surge un promedio, actualizado, de $ 450.000,00.
El lote en cuestión pertenece a la Reserva Municipal Nº 233, se identifica como “1D”, en el Anexo/Planilla/Grupo D; consta de una superficie total de 300,08 m2, y está valuado, conforme con la citada normativa, en la suma de $ 880.000,00.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a vender a la señora María Celeste Porta, D.N.I. 25.544.527, con domicilio en Roca 581 de Venado Tuerto, 1 (un) lote de terreno baldío ubicado en Castelli 2936, es parte de la Chacra 51 Manzana IIb 1, Lote 1, del Plano confeccionado por la Ing. Agrim. Daiana Olivieri inscripto en el S.C.I.T. bajo el Nº 237.196 el 18/03/21, de 15,50 m. de frente sobre calle Castelli por 19,36 m., superficie total 300,08 m2 (trescientos metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados); -comparte Pasillo en Condominio, identificado en el mismo plano con el Nº 7-, partida municipal Nº 38997, en la suma de $ 880.000,00 (pesos ochocientos ochenta mil), que se abonará bajo la modalidad de entrega de tres lotes, como se detalla en el artículo siguiente, y el saldo restante, $ 430.000,00, en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales y consecutivas, calculadas en Unidades Tributarias Municipales, actualizables de acuerdo con la variación de ésta al momento de hacerse el efectivo pago.
Art.2.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir de la señora María Celeste Porta en parte de pago y en concepto de anticipo de la adquisición referida en el artículo anterior, 3 (tres) lotes de terreno baldío, ubicados en el Área Recreativa Norte, todos ellos forman parte de la Chacra 75, Manzana 6 del Plano confeccionado por el Ing. Enrique de la Vega, Nº 56.724, año 1950, a saber: 1- Lote 4, de 12,00 m. de frente por 49,50 m. de fondo, ubicado en José Aufranc 2143, superficie 594,00 m2, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360106/0171/9, partida municipal Nº 32429; 2- Lote 5, de 12,00 m. de frente por 49,50 m. de fondo, ubicado en José Aufranc 2149, superficie 594,00 m2, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360106/0170/0, partida municipal Nº 32430. y 3- Lote 6, de 12,00 m. de frente por 49,50 m. de fondo, ubicado en José Aufranc 2159, superficie 594,00 m2, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360106/0169/4, partida municipal Nº 32431, superficie total 1.782,00 m2 (un mil setecientos ochenta y dos metros cuadrados), valuados, de acuerdo con tasación promedio actualizada, en $ 450.000,00 (pesos cuatrocientos cincuenta mil).
Art.3.- La Municipalidad de Venado Tuerto otorgará la escritura traslativa del dominio en favor de la señora María Celeste Porta, una vez completado el pago total del precio y contar la misma con la documentación suficiente de los lotes que entrega como parte de pago, para otorgar escritura de los mismos en favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, descriptos en el artículo 2, libres de todo gravamen y/o inhibición y con todos sus impuestos, tasas y contribuciones pagos al día de la escrituración; los gastos que insuman las escrituras serán afrontados por las partes en proporción de ley.
Art.4.- La venta autorizada en el artículo 1ro. se formaliza en razón del uso de la facultad concedida a la Comisión Municipal de Tierras por el inc. 4, del art. 21 de la Ordenanza Nº 5269/2020.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil veintiuno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 811-C-93 - 1891-C-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO