Ordenanza
Visto:
La Ordenanza Nº 2386/96, que modifica a los Decreto-Ordenanza Nº 915/76 y 999/79 y la Ordenanza N° 5130 aprobada en el año 2019 y, y;
Considerando:
Que las normativas citadas refieren al gravamen destinado a solventar distintas erogaciones relacionadas con el servicio de gas en jurisdicción del Municipio de Venado Tuerto, financiando obras de aplicación de redes y ramales de producción de gas dentro del municipio, así como también solventar distintos gastos que se originen por proyectos, tramitaciones, etc. que demande la ejecución de las obras incluidas su infraestructura.
Que se aproximan los meses de mayor consumo de gas y es necesario acompañar el esfuerzo de nuestros vecinos, industrias y comerciantes.
Que la Ordenanza Nº 2386/96 dispuso una reducción de la alícuota a abonar por los contribuyentes, que originariamente había sido establecida en el 12 %, por medio de un cronograma que progresivamente lo disminuyó, hasta llegar al 7 % actual.
Que los fuertes ajustes aplicados sobre las tarifas de los servicios públicos durante los últimos años impactaron de manera sustancial en la economía de nuestra comunidad, garantizándose la ciudadanía que con un porcentaje menor se pueden seguir financiado obras cuando pase la pandemia, ya que el monto de las tarifas actualizadas, asegura el financiamiento de dichos trabajos, como ser la red de gas del Tiro Federal, del barrio Santa Fe, del barrio Iturbide, barrio Victoria y barrio el Cruce, entre otras, obras pendientes de ejecutar por el Municipio, y con proyectos aprobados por parte de la prestataria.
Que, en tal sentido, resulta necesario, -en lo que al ámbito de aplicación a nivel municipal corresponde-, buscar alternativas que tiendan a disminuir el citado impacto, considerando al efecto las cargas tributarias existentes a nivel local, y que para este servicio resultan superiores al resto.
Que a la fecha y por motivo de la pandemia no se realizaron obras en el último año, por fuera de las que ya estaban iniciadas en la gestión anterior y tenían el financiamiento asegurado por este Concejo, ni se están realizando obras ni ampliaciones de redes de gas, pero si se está cobrando el canon correspondiente a todos los vecinos, comercios e industrias de nuestra ciudad utilizándose esos fondos para cubrir rentas generales, es decir, de libre disponibilidad del Ejecutivo Municipal, distorsionándose el fin por el cual fue creada dicha contribución. Que la sociedad toda requiere gestos de austeridad y compromiso de parte de los dirigentes, y esta es una medida que depende exclusivamente del Municipio de Venado Tuerto, y poniendo en consideración que ya en junio de 2019 la administración anterior, y ante la crisis económica reinante también procedió a reducir la alícuota a los efectos de acompañar el esfuerzo de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el art. 2º de la Ordenanza 2386/96; que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º.- Establézcase para el gravamen dispuesto en las normas citadas en el artículo precedente la reducción de la alícuota vigente a la fecha de sanción de la presente, resultando de aplicación, en consecuencia, la que seguidamente se detalla: a) 3,5 %, para las liquidaciones de servicios de gas en red realizadas y/o emitidas a partir del 1° de Julio del año 2021 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Art.2.- Modifíquese el art. 3º de la Ordenanza 2386/86, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3º.- Notifíquese y requiérase a Litoral Gas S.A., o en su caso a quien resulte prestadora del servicio y/o proveedora del fluido, que proceda a percibir los importes correspondientes por el gravamen, los que deberán estar discriminados en las liquidaciones o facturas correspondientes, de acuerdo con las alícuotas aplicables y los períodos de facturación indicados en el artículo precedente.”
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintiuno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1918-C-96 3853-V-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO