Ordenanza

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Visto:

La renegociación entre el sector privado y la Municipalidad de Venado Tuerto, siendo el objetivo de esta última avanzar con el proyecto del Área Recreativa Norte; la necesidad de relocalizar emprendimientos y actividades situadas en zona de Uso No Conforme, y;

 

Considerando Que:

Desde el año 2008, la Dirección de Inspección General e Industria y Comercio de la Municipalidad de Venado Tuerto ha labrado numerosas actas de infracción por actividad de chatarrería en barrio Villa Casey, en Zona de Uso No Conforme, al señor Carlos Bratanich, DNI Nº 37.199.394, con domicilio en calle B. Long Nº 1286.

Por medio del expediente administrativo Nº 209.314-B-2020, el señor Bratanich expuso a este Departamento Ejecutivo Municipal su imposibilidad de relocalizar su emprendimiento, por falta de acceso a un lote en Zona de Uso Conforme, y propuso la posibilidad de permutar dos terrenos de su propiedad, situados en el Área Recreativa Norte, por un terreno municipal que reúna condiciones para radicar su actividad.

Los terrenos que ofrece el señor Bratanich son los que se detallan a continuación:

1-      una fracción de terreno baldío situada en la zona rural de la ciudad de Venado Tuerto, de 120,00 m. de frente sobre calle Quintana por 147,50 m. de fondo, con una superficie total de 1 ha. 76 a. 99 ca. 85 dm2; partida municipal Nº 10001103, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360310/0004-3;

2-      una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situada en la ciudad de Venado Tuerto, que forma parte del loteo “La Agropecuaria”, de 10,00 m de frente por Bartolomé Long (ex Calle Pública Nº 29), por 29,38 m., con una superficie total de 293,80 m2, partida municipal Nº 35088, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360373/0307.

Analizada la petición, considerando conveniente para nuestra ciudad la posibilidad de una permuta, la Municipalidad considera ofrecer en canje una fracción de terreno baldío de su propiedad, con factibilidad de Uso Conforme para la actividad descripta, ubicada en el área urbana de esta ciudad, situada en la Chacra 60 del Plano Oficial, que mide 49,50 m. de frente por 202,13 m. de fondo, con una superficie total de 10.005,435 m2, partida municipal Nº 33315, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00360621/0017-9, identificado como reserva municipal Nº 255 A.                                                                        

Tratado el tema en las reuniones de Comisión Municipal de Tierras de los días 21 de setiembre de 2020 y 4 de marzo de 2021, ésta aprueba proseguir la posibilidad de canjear la Reserva 255 A por los terrenos del señor Bratanich situados en el Área Recreativa Norte, desalojándose, a su vez, la chatarrería que éste posee en zona de Uso No Conforme, decidiéndose solicitar las tasaciones respectivas.

De las tasaciones referidas surgió que ambos lotes del proponente cotizan una suma de $ 3.500.000,00, en tanto el terreno municipal a permutar por los mismos fue valuado en el monto de $ 8.000.000,00; finalmente, en la reunión de Comisión de Tierras celebrada el 8 de abril de 2021, teniendo en cuenta las valuaciones citadas, se emitió dictamen aconsejando aceptar al proponente la cesión de los dos inmuebles de su propiedad ya mencionados, más la suma de pesos $ 4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mi), a abonar en 36 cuotas mensuales -actualizables según valor de Unidad Tributaria Municipal-, cediéndole el Municipio a cambio la propiedad de la reserva municipal N° 255 A.

Debido a que los inmuebles que el señor Bratanich entregará en calidad de permuta se encuentran en trámites de perfeccionamiento de los títulos correspondientes, se considera pertinente avanzar en la realización de un convenio que incluya permiso de uso hasta tanto se inscriban correctamente, y sólo después, proceder a otorgar a su favor la escrituración correspondiente del lote que el mismo recibe.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar un Convenio de Permuta con el señor Carlos Matías Bratanich, DNI Nº 37.199.394, con domicilio en calle B. Long Nº 1286, por medio del cual ambas partes se cederán mutuamente en propiedad los lotes que se detallan en el artículo siguiente.

 

Art.2°.- a) la Municipalidad de Venado Tuerto cede en propiedad una fracción de terreno baldío situada en Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de la Chacra designada en el Plano Oficial con el número 60, y parte a su vez del lote “Uno” del plano del Ing. Gregorio Araoz que expresa su título, o sea el lote señalado en el plano de subdivisión del Agrim. Héctor Oscar Pelosso, archivado bajo el número 30.199/1961 con la letra “N”; forma la esquina norte de la fracción, y mide 49,50 (cuarenta y nueve metros, cincuenta centímetros) de frente al NO por 202,13 (doscientos dos metros trece centímetros) de fondo y frente al NE, lindando al NO con calle Guillermo Marenghini, al NE con Enrique Tossi y otros, según plano, hoy calle Eva Perón; al SE con el lote “M” y al SO con el lote “O”, todos de la misma fracción y planos citados; encierra una superficie total de 10.005,435 m2 (diez mil cinco con cuatrocientos treinta y cinco metros cuadrados); con dominio inscripto al Tº 590 Fº 324 Nº ., 28/01/09, partida municipal número 33315, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00360621/0017-9, valuada en la suma de $ 8.000.000,00 (pesos ocho millones);

 

b) el señor Carlos Matías Bratanich cede en propiedad:

       1- una fracción de terreno baldío situada en la zona rural de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, designada en el plano practicado por el Agrim. José María D´Amelio archivado bajo el Nº 72.367/1972, como el lote número “UNO”, compuesto de 120,00 (ciento veinte metros) de frente por 147,50 (ciento cuarenta y siete metros cincuenta centímetros) de fondo, lindando al Nor-Oeste con el lote Seis; al Sud-Oeste con la Chacra número Cien, terreno de la Municipalidad de Venado Tuerto; y al Sud-Este, camino público en medio, con terreno de Ambrosio A. Jablonsky; encierra una superficie total de 1 ha. 76 a. 99 ca. 85 dm2 (una hectárea, setenta y seis áreas, noventa y nueve centiáreas con ochenta y cinco decímetros cuadrados); partida municipal Nº 10001103, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360310/0004/3;

         2- una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, que forma parte del loteo “La Agropecuaria”, o sea el Lote 18 de la Manzana 4, que mide 10,00 m. (diez metros) de frente por calle Bartolomé Long (ex Calle Pública Nº 29), por 29,37 m. (veintinueve metros con treinta y siete centímetros) de fondo; encierra una superficie total de 293,70 (doscientos noventa y tres metros cuadrados con  setenta decímetros cuadrados), partida municipal Nº 35088, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360373/0307, valuados en su conjunto en la suma de $ 3.500.000,00 (pesos tres millones quinientos mil).

 

Art.3°.- Para compensar las diferencias de cotización de los terrenos que se entregarán las partes, el señor Carlos Matías Bratanich deberá abonar a la Municipalidad de Venado Tuerto la suma de $ 4.500.000,00 (pesos cuatro millones quinientos mil), bajo la siguiente modalidad: en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales y consecutivas, calculadas en Unidades Tributarias Municipales (UTM), actualizables de acuerdo con la variación de ésta al momento de hacerse el efectivo pago.

 

Art.4°.- A la fecha de firma del respectivo Convenio de Permuta, las partes se obligan a entregarse la posesión quieta, pacífica y libre de ocupantes de los inmuebles detallados en el art. 2° de la presente, así como también con las tasas o derechos municipales que les correspondieren abonados hasta esa fecha, debiendo las partes someterse al fiel cumplimiento de todo lo establecido en el presente bajo pena de rescisión.

 

Art.5º.- La Municipalidad de Venado Tuerto otorgará escritura traslativa de dominio en favor del señor Carlos Matías Bratanich una vez que éste hubiere completado el pago total del precio y haber obtenido la Municipalidad de Venado Tuerto la inscripción definitiva de los lotes permutados referidos en el art. 2°.

 

Art.6º.- Los gastos y costos que correspondan a las escrituras de los inmuebles objeto de la permuta autorizada en el art. 1° serán soportados en su totalidad por el señor Carlos Matías Bratanich.

 

 

Art.7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1891-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA