Ordenanza
Visto:
El Acuerdo de Uso suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la empresa Alvis S.A. en fecha 15 de junio de 2021, y;
Considerando Que:
Dicho acuerdo recae sobre la Estructura (Antena) que, si bien está ubicada en un lote cuyo titular es la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto, sito en la Chacra 14, Manzana Catastral 878, Lote 14a de la ciudad de Venado Tuerto, la propiedad de la referida antena es de la Municipalidad de Venado Tuerto.
La misma está destinada como estructura de transmisión de telecomunicaciones, con el fin de instalar Antenas y Equipos entre los 48 y 78 metros de altura, conforme se describe en el Anexo II del convenio referido, procediendo la empresa a la implantación de una Red de Conectividad en la que se utilizará tecnología LTE en la frecuencia de 450 MHz, para brindar el servicio de internet en zona rural de nuestra ciudad.
La Municipalidad ostenta derecho suficiente que la faculta a celebrar el presente acuerdo, conforme Convenio entre la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Venado Tuerto de Cesión de Torre para alojamiento de equipos de transmisión de telecomunicaciones, celebrado el 28 de septiembre de 2011.
La empresa Alvis S.A. usará el espacio definido en el Convenio y Anexos remitidos a su consideración para instalar, montar, explotar, mantener, conservar y reparar, por sí o por un tercero, una Estación Base (eNodeB) LTE para brindar conectividad e internet en zonas suburbanas y rurales, con todos sus elementos y componentes, a cambio del pago de un canon a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto.
El convenio fue suscripto por el plazo de 10 (diez) años y como contraprestación, la empresa abonará a la Municipalidad la suma de 1.500 UTM (un mil quinientas Unidades Tributarias Municipales) mensuales en concepto de canon locativo, tomando el valor de la UTM vigente al momento de la emisión de la liquidación, pago que deberá efectuarse en forma anual y por adelantado.
Además, la empresa se obliga a otorgar durante toda la vigencia del contrato como beneficio gratuito y a su exclusivo cargo a todos los ciudadanos de Venado Tuerto, el servicio de wifi en las plazas o espacios recreativos de la ciudad que se definen en el ANEXO 3 del convenio, el cual estará disponible sólo para portales educativos, culturales, y de la Municipalidad.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Acuerdo de Uso suscripto en fecha 15 de junio de 2021 por la Municipalidad de Venado Tuerto, representada por el señor Intendente Municipal, en carácter de arrendadora, y la empresa Alvis S.A., como arrendataria, sobre un espacio de la Antena emplazada en un lote sito en la Chacra 14, Manzana Catastral 878, Lote 14a de la ciudad de Venado Tuerto, la cual está destinada como estructura de transmisión de telecomunicaciones, con el fin de instalar Antenas y Equipos entre los 48 y 78 metros de altura, de acuerdo con la descripción realizada en el Anexo II del Convenio de referencia.
Art.2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3235-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO