Ordenanza
Visto:
La Ordenanza Nº 4114/12 que aprobara el Plan Particularizado correspondiente a la Zona Especial de Interés Ambiental denominada “Área Recreativa Norte (AReN)”; determinando sus límites, y;
Considerando Que:
El referido Plan consta de tres títulos anexos, en los que se tratan los límites, la ocupación del suelo y la zonificación, respectivamente.
Posteriormente, por medio de la Ordenanza 4542/14, se determinó la modificación del diseño de los límites de uno de los sectores en los que se subdivide toda el área, denominado 5, que comprende las Chacras Nº 92, 93, 94, 100, 101, 116 y 117, así como las calles G. Dimmer, República de Irlanda, Quintana, 120, 132 y Brown.
También se aprobó la Ordenanza 4974/18 que modificó sustancialmente el AReN en lo que respecta a la Chacra 76; la Ordenanza 4114/12 fijaba: “1.7 Chacra 76 - Todo el frente sobre la Av. República de Irlanda que son 561,60 m entre Av. Dimmer y Av. Quintana; y 252,20 m sobre Av. Dimmer, contados a partir de la anterior. Encerrando una superficie de 141.635,52 m2.”, en tanto la normativa citada en primer término, que autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura, unificación y subdivisión relacionado al desarrollo comercial de la empresa Corven Motors Argentina S.A., limitó de hecho el Uso determinado por el AReN en la Chacra 76, reduciéndola de los 141.635,52 m2 iniciales a los 65.276,30 m2 que la empresa donó, a cambio de permitírsele usar para sus fines el resto.
Por otro lado, la Ordenanza 4114/12 fijaba: “1.9 - Chacra 93 - La totalidad de la chacra, que está definida por las avenidas Quintana, República de Irlanda, G. Dimmer y Calle 120, encerrando 400.002,40 m2.”, en tanto que la Ordenanza 4542/14 modificó:“1.9 - Chacra 93 - Desde la esquina de 120 y Dimmer todo el frente sobre Dimmer que son 714,29 m hasta República de Irlanda, por esta sentido SE 412,50 m, quebrando luego en sentido SO 225 m, sentido SE 147,50 m hasta Avenida Quintana y por Quintana 489,29 m hasta llegar a calle 120 para luego volver 560 m sentido NO hasta Dimmer, encerrando una superficie de 366.814,90 m2.”
De este modo, se excluyeron del AReN los lotes 3, 4 y 5, con sus respectivos códigos B9, B8 y B7, de la Chacra 93, que en su superficie total abarcan 147,5 metros por República de Irlanda desde su intersección con calle Quintana hacia el noroeste, y 225 metros desde calle República de Irlanda, por 225 metros hacia el suroeste por calle Quintana.
Sin embargo, años después el Estado Municipal ejecutó un canal a través de los tres lotes que se excluyeron del AReN, con destino a dirigir y facilitar los efluentes pluviales, de modo que aliviara la situación hídrica del barrio Juan XXIII y el barrio Rivadavia; dicha obra y su destino equivalen a determinar los fines de utilidad pública de dichos lotes.
Además, teniendo en cuenta la proximidad del predio en cuestión con el actual basural a cielo abierto, y el proyecto del Plan Maestro del AReN, que incluye la ejecución de una isla y la necesaria superficie a dragar para su concreción, se observa que no es posible asignar otro destino a dicha superficie que no sea formar parte del proyecto general del AReN.
Por lo expuesto, es imprescindible la sanción de la presente normativa, que vuelve a afectar dicha zona al AReN en acuerdo con la Ordenanza 4114/12 primigenia, temática que fue puesta a consideración de la Comisión Municipal de Tierras en reunión celebrada el 16/09/21, que resultó aprobada por unanimidad de sus integrantes.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Modifíquese parcialmente el Título I de la Ordenanza Nº 4114/12 en el punto 1.9, relativo a la Chacra93, que quedará redactado de la siguiente manera:
“1.9 - Chacra 93
La totalidad de la chacra, que está definida por las avenidas Quintana, República de Irlanda, Dimmer y Calle 120, encerrando 400.002,40 m2.”
Art.2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 1891-C-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO