Ordenanza
Visto:
Las actividades del Colegio Corazonista de Venado Tuerto, en el marco del Aniversario Nº 200 de la Congregación de Los Hermanos del Sagrado Corazón y la iniciativa de un grupo de Alumnos y Docentes del Nivel Medio a través de las materias Formación Ética y Ciudadana y Seminario de Ciencias Sociales, de esa institución Educativa, en cuanto necesidad de reforzar las medidas de seguridad peatonal en las esquinas, y haciendo referencia además, al pedido oportunamente efectuado al Municipio de Venado Tuerto por parte de los Directivos, Docentes y Padres para optimizar y mejorar los estacionamientos de moto vehículos, estacionamientos para ascenso y descenso escolar y reconstrucción y reacondicionamiento de las rampas de accesibilidad, en las inmediaciones de los diferentes sectores de la institución educativa denominada “Colegio Sagrado Corazón” de nuestra ciudad, ubicada en calle Hipólito Yrigoyen 1441, pero que comprende casi cuatro manzanas del Barrio Centro II de Venado Tuerto, y;
Considerando:
Que el presente Proyecto de Ordenanza surge a raíz de la charla y el debate que se genera en las aulas, quienes manifiestan su preocupación y la de sus respectivas familias, ante la falta de demarcación de los espacios para el cruce peatonal en las esquinas, situación que resulta compleja, en los horarios de ingreso y egreso a la misma, debido al volumen de tránsito que se moviliza y a la gran cantidad de personal educativo, padres y alumnas y alumnos que deben transitar por estos sectores.
Que la senda peatonal es un espacio claramente demarcado en las calles para permitir el cruce de personas a pie, que generalmente está señalizado por líneas paralelas anchas de un color claro que den un contraste con el pavimento, obligando a los conductores a detenerse para permitir que los peatones puedan cruzar la calle exista o no un semáforo, y normalmente alertándose la presencia de gran cantidad de peatones, con un letrero varios metros antes.
Que las sendas peatonales ofrecen un espacio seguro para que quienes cruzan la calle caminando puedan hacerlo sin el riesgo de ser atropelladas, ya que les entrega preferencia sobre cualquier otro vehículo tenga o no motor.
Que los pasos de peatones se utilizan en ciudades de todo el mundo y se suelen ubicar en áreas en las que no hay semáforos o frente a sitios de interés como colegios u hospitales permitiendo que quienes vayan a ellos puedan cruzar sin problemas.
Que la presencia de un paso de peatones entrega de inmediato la preferencia a quienes cruzan a pie y el chofer está obligado a detenerse para comprobar que no existan personas cruzando la calle y en caso de haberlas permanecer detenido hasta que estas terminen de hacerlo.
Que en nuestra ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N°2290/02 implementándose en el Municipio de Venado Tuerto, el programa conteniendo reglas de circulación, seguridad y protección al peatón, denominado "CODIGO DEL PEATON PARA EL MUNICIPIO DE VENADO TUERTO" deja claramente establecido la preferencia que debe brindarse al ser humano, en su condición de peatón, sobre el tránsito mecánico y la clara necesidad de equilibrar la situación de inferioridad del peatón frente a los vehículos automotores en el uso de la vía pública, por ser éstos generadores de mayor riesgo.
Que, desde las autoridades de la Escuela y la comunidad educativa, han comunicado oportunamente al Municipio la necesidad de mejoramiento y refuerzo en la demarcación tanto horizontal como vertical de los espacios para el estacionamiento de motocicletas y del sector exclusivo de ascenso y descenso del personal educativo, padres y alumnos.
Que es importante la demarcación de los espacios de estacionamiento a los efectos de no entorpecer el tránsito y para otorgar mayor seguridad a los niños y niñas cuando ingresan y/o salen de la escuela.
Que es necesario aggiornar las rampas de accesibilidad que se encuentran a la vera de las diferentes esquinas de la institución educativa, facilitando la circulación y el acceso a todos los vecinos, niños, padres y eventuales transeúntes.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.-Dispóngase la inmediata demarcación de las sendas peatonales en las inmediaciones de los sectores de ingreso y egreso se los diferentes accesos que posee el “Colegio Sagrado Corazón”, tomando como referencia las siguientes intersecciones:
Dorrego e Hipólito Yrigoyen
Francia e Hipólito Yrigoyen
Francia y 9 de Julio
Francia y Pueyrredón
Pueyrredón y Dorrego
Pueyrredón y Lisandro de la Torre
Lisandro de la Torre y 9 de Julio
Lisandro de la Torre e Hipólito Yrigoyen
Art.2°.-Incorpórese, además, la señalética “Despacio Escuela” que indique que estamos circulando por un corredor escolar en dónde muchos niños, niñas, docentes, personal escolar, papás y mamás, cruzan la calle, y donde la velocidad máxima permitida en estos espacios es de 20km/h durante los horarios de clases.
Art.3°.-Dispóngase la demarcación y mejoramiento del área para el estacionamiento de motocicletas y los sectores de ascenso y descenso exclusivo, en los diferentes espacios de ingreso a los niveles educativos, a saber:
- Jardín de Infantes/Prescolar: Lisandro de la Torre entre 9 de Julio y Pueyrredón
- Nivel Primario (1er ciclo): Francia entre 9 de Julio y Pueyrredón
- Nivel Primario (2do ciclo): Hipólito Yrigoyen entre Lisandro de la Torre y Dorrego
- Nivel Secundario: Lisandro de la Torre entre 9 de Julio e Hipólito Yrigoyen
Art.4°.- Dispóngase el reacondicionamiento, readaptación y pintura de las rampas de accesibilidad en las intersecciones referidas en el Art. N°1 de la presente.
Art.5°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO